¿Cuánto durará la nueva baja por enfermería en 2023?
Los empleadores no extenderán las horas de trabajo ni organizarán turnos nocturnos para las empleadas que estén amamantando a bebés menores de 1 año. El empleador deberá disponer una hora de lactancia para las empleadas lactantes durante las horas de trabajo diarias; si una empleada da a luz a varios bebés, el tiempo de lactancia se incrementará en una hora por día por cada bebé adicional.
El establecimiento de la licencia de lactancia para las empleadas debe cumplir tres condiciones:
1, las empleadas tienen dificultades para ir a trabajar después de dar a luz y se les permite abandonar sus puestos. por etapas;
2. En segundo lugar, la empleada solicitó y solicitó la licencia por lactancia materna.
3 Finalmente, el empleador aceptó renunciar.
En resumen: Una vez finalizada la licencia de maternidad de la mujer, el empleador deberá disponer no menos de una hora de lactancia materna durante los días laborables. Esto se llama licencia de lactancia y cuenta como tiempo de trabajo. El tiempo de lactancia comienza un año después del nacimiento del bebé. Durante este año, las empleadas podrán disfrutar de dos descansos para amamantar de 0,5 horas al día, que podrán combinarse en 1 hora. En otras palabras, las empleadas pueden salir del trabajo una hora antes o trabajar una hora por la tarde (la licencia por lactancia incluye la alimentación artificial). Además, en el caso de partos múltiples, el tiempo de lactancia aumenta en 1 hora diaria por cada bebé adicional.
Base jurídica:
Disposiciones especiales sobre protección laboral para las empleadas
Artículo 9
El empleador no amamantará a niños menores de 1 año Las empleadas amplían su jornada laboral o organizan turnos nocturnos. El empleador deberá disponer una hora de lactancia para las empleadas lactantes durante las horas de trabajo diarias; si una empleada da a luz a varios bebés, el tiempo de lactancia se incrementará en una hora por día por cada bebé adicional.