Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - No tiene efectos jurídicos el convenio de formación, no existiendo ningún contrato laboral firmado. Además, el salario durante el período de formación ni siquiera alcanzaba el nivel mínimo.

No tiene efectos jurídicos el convenio de formación, no existiendo ningún contrato laboral firmado. Además, el salario durante el período de formación ni siquiera alcanzaba el nivel mínimo.

Personalmente creo que este convenio de capacitación no viola las normas obligatorias del país, por lo que debería ser efectivo. (No hay firma de persona jurídica, la fecha la escribe usted mismo, lo que no afecta su validez)

Pero también hay algunos problemas:

Primero, "Si la Parte B se toma en serio viola las reglas y regulaciones de la Parte A, capacitación Si la Parte B es penalmente responsable de acuerdo con la ley, las tarifas de capacitación se pagarán en su totalidad. Estos dos puntos son incompatibles con las tarifas de capacitación estipuladas en la Ley de Contrato de Trabajo y las tarifas de capacitación. Se convertirá en su relación laboral con la empresa. El número de días de servicio se reduce en proporción al número de días que trabaje.

En segundo lugar, ¿quién le proporciona su formación durante tres a seis meses? Sólo lo proporciona la empresa, no se puede celebrar un acuerdo de formación. Es sólo una formación previa al empleo que la empresa debe realizar.