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Medidas Provisionales para la Gestión de Proyectos del Plan Nacional de Ciencia y Tecnología

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Estas Medidas se formulan con el fin de estandarizar la gestión de los proyectos del plan nacional de ciencia y tecnología, mejorar la eficiencia de la gestión de proyectos del plan de ciencia y tecnología y garantizar la apertura, la equidad y la ciencia. de gestión de proyectos del plan de ciencia y tecnología. Artículo 2 Los proyectos del plan nacional de ciencia y tecnología (en adelante, proyectos) se refieren a actividades de investigación y desarrollo científico y tecnológico que se implementan en el plan nacional de ciencia y tecnología, realizadas por unidades o individuos, y realizadas dentro de un período de tiempo determinado. Artículo 3 La gestión de los proyectos del plan nacional de ciencia y tecnología se basará en los principios de gestión legal, autoridad estandarizada, responsabilidades claras, gestión abierta, gestión racionalizada y eficiente, y se ajustará estrictamente a las disposiciones pertinentes de las "Disposiciones provisionales". sobre la Gestión de los Planes Nacionales de Ciencia y Tecnología” y las normas pertinentes sobre la gestión de los distintos planes nacionales de ciencia y tecnología. Organización y ejecución. Artículo 4 Estas Medidas se aplican principalmente al establecimiento de proyectos, la gestión de implementación, la aceptación de proyectos y la consulta de expertos y otros trabajos de gestión de proyectos de diversos planes nacionales de ciencia y tecnología con inversión financiera central. Capítulo 2 Establecimiento del Proyecto Artículo 5 El establecimiento del proyecto generalmente debe incluir tres procedimientos básicos: solicitud, aprobación y firma del contrato. Artículo 6 Antes de iniciar el trabajo de solicitud del proyecto, el departamento de planificación especial del Ministerio de Ciencia y Tecnología emitirá directrices del proyecto o áreas prioritarias con base en el plan y la estrategia de desarrollo de ciencia y tecnología, y aclarará el alcance, los campos y las áreas prioritarias de selección de los proyectos de aplicación con base en la naturaleza, propósito y posicionamiento funcional del plan, naturaleza, escala, dirección objetivo, etc., y determinar el tiempo, canal y método de aplicación del proyecto. Artículo 7 Si los objetivos y tareas del proyecto se han definido claramente en las directrices del proyecto y las áreas prioritarias, y se cumplen las condiciones de la licitación, se aplicarán las disposiciones pertinentes de las "Medidas provisionales para la administración de las licitaciones y licitaciones de proyectos de ciencia y tecnología". seguido. Artículo 8 Los solicitantes (incluidas unidades o individuos) para proyectos de solicitud deben cumplir las siguientes condiciones básicas:

(1) Cumplir con las calificaciones temáticas del solicitante del programa (incluida la naturaleza de persona jurídica, la naturaleza económica y la nacionalidad). , etc. Requisitos;

(2) Debe tener cierto estatus académico y ventajas técnicas en campos de investigación y especialidades relevantes;

(3) Tener las condiciones de talento y tecnología necesarias para completar el Equipo del proyecto;

(4) Tener experiencia en investigación relacionada con el proyecto y acumulación de investigación;

(5) Tener las capacidades de gestión y coordinación organizacional necesarias para completar el proyecto;

(6) Tener buena credibilidad para completar el proyecto. Artículo 9 El proyecto de solicitud deberá cumplir con las estrategias nacionales de ciencia y tecnología, desarrollo económico y social, las políticas industriales nacionales y las políticas de ciencia y tecnología, y el despliegue general y las disposiciones de los planes y planes nacionales de desarrollo de ciencia y tecnología. Artículo 10 Para solicitar un proyecto, debe proporcionar las siguientes tres partes de materiales:

(1) Formulario de solicitud del proyecto (impreso por el Ministerio de Ciencia y Tecnología);

( 2) Propuesta de proyecto (impresa por el solicitante (escrita de acuerdo con el marco de contenido requerido por el Ministerio de Ciencia y Tecnología);

(3) Anexos a la propuesta de proyecto (materiales de certificación relacionados con el contenido de la propuesta de proyecto, comentarios de expertos y recomendaciones de proyecto de las unidades pertinentes). Artículo 11 El contenido y el marco de la propuesta de proyecto generalmente deben incluir:

(1) Antecedentes e importancia del proyecto;

(2) Estado de la investigación y tendencias de desarrollo en el país y en el extranjero. ;

(3) Fundamentos, características y ventajas de la investigación actual;

(4) Perspectivas de aplicación o industrialización, desarrollo tecnológico o demanda del mercado;

(5) Contenido de la investigación y objetivos esperados;

(6) Plan de investigación, ruta técnica, método organizativo y descomposición temática;

(7) Contenido del plan anual;

( 8) ) Breve introducción y cualificación de los principales investigadores y unidades;

(9) Presupuesto de financiación;

(10) Opiniones de unidades superiores relevantes o agencias de evaluación.

Además de cumplir las condiciones anteriores, las propuestas para diferentes tipos de proyectos pueden tener diferentes enfoques o añadir nuevos contenidos según sea necesario. Artículo 12 Las solicitudes de proyectos deben ejecutarse estrictamente de acuerdo con los canales, métodos y tiempos establecidos en las distintas normas de gestión del plan nacional de ciencia y tecnología. Los canales de solicitud se pueden resumir y revisar paso a paso según las afiliaciones administrativas, o los solicitantes pueden presentar su solicitud directamente después de haber sido recomendados por las industrias pertinentes y los departamentos administrativos locales de ciencia y tecnología, y finalmente ser aceptados por el departamento de planificación especial del Ministerio de Ciencia y Tecnología. . Artículo 13: Después de la discusión, consulta y revisión de las propuestas de proyectos por parte del departamento de planificación especial del Ministerio de Ciencia y Tecnología o las instituciones pertinentes encargadas por él, los proyectos que cumplan con las condiciones y pasen la revisión pueden ingresar a la demostración o evaluación de viabilidad. Artículo 14 El departamento especial de planificación del Ministerio de Ciencia y Tecnología es responsable de organizar o encomendar a las instituciones pertinentes la realización de demostraciones o evaluaciones de los informes de viabilidad del proyecto.

Artículo 15 El contenido y el marco del informe de viabilidad generalmente deben incluir:

(1) Antecedentes e importancia del proyecto;

(2) Estado y desarrollo de la investigación y el desarrollo nacionales y extranjeros tendencias (incluido el estado de propiedad intelectual);

(3) Ventajas técnicas y condiciones de la unidad que se llevará a cabo;

(4) Objetivos del proyecto, contenido de la investigación y tecnologías clave;

(5) Hoja de ruta técnica y desglose por temas;

(6) Presupuesto de fondos;

(7) Progreso y objetivos anuales;

(8) Expectativas de Resultados;

(9) Introducción al nivel técnico y capacidades de gestión organizacional del líder del proyecto;

(10) Opiniones de unidades superiores relevantes. Artículo 16 El estudio de viabilidad o informe de evaluación deberá proporcionar conclusiones claras sobre si el proyecto es factible, no factible o requiere revisión, y se presentará al departamento de planificación especial del Ministerio de Ciencia y Tecnología para su revisión. Para los proyectos cuya conclusión de demostración "requiere revisión", el solicitante debe realizar las modificaciones necesarias al contenido relevante y luego presentar el informe de demostración revisado y mejorado al departamento de planificación especial del Ministerio de Ciencia y Tecnología para su revisión.