¿Tiene la abuela la obligación de cuidar a sus nietos?
La tutela se refiere al sistema jurídico civil que supervisa y protege los derechos e intereses personales, patrimoniales y otros legítimos de menores y adultos que carecen de plena capacidad para la conducta civil. La persona que desempeña las funciones de supervisión y protección se denomina tutor; la persona que es supervisada y protegida se denomina tutelado.
Si hay una disputa sobre la determinación del tutor, el comité de residentes, el comité de la aldea o el departamento de asuntos civiles de la residencia del pupilo nombrarán un tutor. Si las partes interesadas no están satisfechas con el nombramiento, pueden solicitar al Tribunal Popular el nombramiento de un tutor. Las partes también podrán solicitar directamente al Tribunal Popular la designación de un tutor. El comité de residentes, el comité de aldea, el departamento de asuntos civiles o el tribunal popular respetarán los verdaderos deseos del pupilo y designarán un tutor entre aquellos con calificaciones legales para la tutela de acuerdo con el principio que sea más beneficioso para el pupilo. Si los derechos personales, los derechos de propiedad y otros derechos e intereses legítimos del pupilo no pueden protegerse, el comité de residentes, el comité de la aldea, las organizaciones pertinentes prescritas por la ley o el departamento de asuntos civiles de la residencia del pupilo actuarán como tutores temporales. Una vez que se designa un tutor, no se permiten cambios no autorizados; ningún cambio no autorizado no eximirá al tutor designado de sus responsabilidades.
Artículo 1074 del Código Civil de la República Popular China* * *Los abuelos con medios económicos tienen la obligación de sustentar a los nietos menores cuyos padres hayan fallecido o cuyos padres no puedan sustentarlos.
Los nietos y nietos maternos con medios económicos tienen la obligación de sustentar a los abuelos cuyos hijos hayan fallecido o cuyos hijos no puedan sustentarlos.
Artículo 27 Los padres son los tutores de sus hijos menores de edad.
Si los padres del menor han fallecido o no tienen tutor, los siguientes tutores calificados actuarán como tutores en orden:
(1) Abuelos;
(2) ) Hermanos y hermanas;
(3) Otras personas u organizaciones están dispuestas a actuar como tutores, pero con el consentimiento del comité de residentes, el comité de la aldea o el departamento de asuntos civiles de la residencia del menor.