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Sistemas internacionales relacionados con ríos internacionales

Desde la década de 1960, el sistema jurídico para el uso de cursos de agua internacionales para fines no navegables ha recibido una atención cada vez mayor a nivel internacional. Los países africanos pertinentes concluyeron los Tratados de Utilización de los Ríos Senegal y Níger en 1963, el Tratado de Utilización del Lago Chad en 1964 y el Tratado de Utilización del Río La Plata en las Américas en 1969. El Comité Consultivo Jurídico Asiático-Africano y la Comisión Jurídica Interamericana también comenzaron a estudiar cuestiones relacionadas. La Conferencia de Helsinki de 1966 de la Asociación de Derecho Internacional preparó una serie de artículos sobre el uso de los ríos internacionales, las llamadas "Reglas de Helsinki", que abarcan el uso del agua, la navegación, la deriva de la madera, la contaminación y la solución de controversias.

En vista del continuo desarrollo de los usos de ríos y lagos internacionales para fines distintos de la navegación, y de que las normas no escritas del derecho consuetudinario aún están incompletas, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó una resolución en 1970 recomendando que el Derecho Internacional Comisión comienza a estudiar la “Ley de Usos de los Cursos de Agua Internacionales para Fines No Navegables”. Las “vías navegables internacionales” se refieren no sólo a los ríos que cruzan fronteras nacionales, sino también a los lagos, canales y embalses que cruzan fronteras nacionales. Los "usos distintos de la navegación" incluyen el riego, el drenaje, el tratamiento de residuos, la generación de energía, el agua industrial, el agua de consumo y las actividades culturales y deportivas.