¿Cuál es la responsabilidad de un abogado por perjurio durante un juicio? ¿Existe alguna base legal para esto?
Si afecta a la sentencia firme, constituye delito. El delito es: Defensor obstruyendo el testimonio.
El llamado cambio de testimonio contrario a los hechos significa que el testigo cambia o niega haber aportado a la autoridad judicial un testimonio veraz y coherente con la situación objetiva.
La denominada provisión de perjurio se refiere a brindar testimonios falsos, falsos e inconsistentes ante las autoridades judiciales, como amenazar o inducir a personas que conocen la verdadera situación del caso a dar falso testimonio o permitir; personas que desconocen la verdad del caso a dar falso testimonio. El encargado del caso dará testimonio a favor del cliente o del mandante, etc.
Explicación jurídica:
El delito de destrucción de pruebas, fabricación de pruebas y obstrucción del testimonio de defensores y agentes (artículo 306 de la Ley Penal) se refiere al delito de defensores y agentes en procesos penales destruir o falsificar pruebas, ayudar a las partes a destruir o falsificar pruebas, amenazar o inducir a los testigos a cambiar su testimonio contra los hechos o cometer perjurio.
Base jurídica: Derecho Penal
Artículo 306: En el proceso penal, los defensores y litigantes destruyen o falsifican pruebas, ayudan a las partes a destruir o falsifican pruebas, amenazan o engañan a los testigos. Cualquiera que cambie su o su testimonio contra los hechos o cometa perjurio será condenado a pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no mayor de tres años y no; más de siete años. Si el testimonio de un testigo u otra evidencia proporcionada, presentada o citada por el defensor o agente litigante es falsa y no está falsificada intencionalmente, no constituye evidencia falsificada.
[Leyes pertinentes]
Artículo 45 de la "Ley de procedimiento penal" Los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública tienen derecho a recopilar y obtener pruebas de las unidades e individuos pertinentes. . Las unidades y personas pertinentes deben presentar pruebas veraces. Las pruebas que impliquen secretos de Estado se mantendrán confidenciales.
Cualquier persona que falsifique, oculte o destruya pruebas, sin importar a dónde pertenezcan, debe rendir cuentas ante la ley.
Artículo 47 El testimonio de los testigos debe ser interrogado y contrainterrogado por el fiscal, la víctima, el imputado y el defensor en el tribunal, y sólo después de escuchar y verificar el testimonio de los testigos de todas las partes se puede se utilizará como base para finalizar el caso. Cuando el tribunal tenga conocimiento de que un testigo tiene la intención de dar falso testimonio u ocultar pruebas criminales, lo manejará conforme a la ley.
Artículo 102 de la "Ley de Procedimiento Civil" Si un litigante u otra persona comete cualquiera de los siguientes actos, el tribunal popular podrá imponerle una multa o detenerlo según la gravedad del caso; si se constituye un delito, la responsabilidad penal se perseguirá de conformidad con la ley:
(-) Falsificar o destruir pruebas importantes para impedir que el Tribunal Popular conozca de los casos;
Artículo. 82 de la "Ley de Procedimiento Penal" El significado de los siguientes términos en esta ley es:
(2) "Partes" se refiere a las víctimas, acusadores particulares, sospechosos de delitos, demandados, demandantes y demandados en procesos civiles adjuntos. litigio;
(3) “Agentes Legales”” se refiere a los padres, padres adoptivos, tutores y representantes de agencias y grupos responsables de la protección
(4) “Participantes del litigio”; se refiere a las partes, representantes legales, personas litigantes, defensores, testigos, tasadores y traductores;
(5) "Agentes ad litem" se refiere a las víctimas en casos de procesamiento público y sus representantes legales o familiares cercanos, y fiscales privados en casos de procesamiento privado y sus representantes legales La persona encargada por la persona para participar en el litigio en su nombre y la persona encargada por las partes en el litigio civil incidental y su representante legal para participar en el litigio en su nombre;
(6) "Parientes cercanos" se refiere a esposo, esposa, padre, madre, hijo, mujer, hermanos.
(1) Filtrar secretos de Estado;
(2) Sobornar a jueces, fiscales, árbitros y otro personal relevante o instruir o inducir a las partes a sobornar;
( 3) Proporcionar pruebas falsas y ocultar hechos importantes o amenazar o inducir a otros a proporcionar pruebas falsas y ocultar hechos importantes.
Si un abogado es objeto de sanción penal por delito doloso, se le revocará su título de abogado en ejercicio.