Texto completo de "Medidas Provisionales para la Gestión de Proyectos Piloto Nacionales de Ciudades Inteligentes"
Artículo 2 El alcance del piloto nacional de ciudades inteligentes como se menciona en estas Medidas incluye ciudades, distritos y pueblos.
Artículo 3 El Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural establecerá un grupo líder para la creación de ciudades inteligentes que será plenamente responsable de la organización e implementación.
Artículo 4 El gobierno popular de la ciudad piloto (distrito, ciudad) es responsable de completar las tareas piloto locales y es responsable de la aplicación, organización e implementación piloto de las condiciones de apoyo. Artículo 5 La solicitud será presentada por el gobierno popular de la ciudad (distrito, pueblo) solicitante y se informará al Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural después de la revisión y aprobación del departamento provincial de vivienda y desarrollo urbano-rural. Las solicitudes de los municipios directamente dependientes del Gobierno Central y las ciudades bajo una planificación estatal separada serán presentadas directamente al Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural por el gobierno popular urbano.
Artículo 6: Los solicitantes de proyectos piloto nacionales de ciudades inteligentes deben cumplir las siguientes condiciones:
(1) La construcción de ciudades inteligentes se ha incluido en el plan de desarrollo económico y social nacional local “Duodécimo Cinco”. -Plan Anual” o planificación especial relacionada;
(2) Se ha completado la preparación del plan de desarrollo de la ciudad inteligente;
(3) Si la construcción de la ciudad inteligente se ha incluido en el presupuesto del gobierno, existen planes de financiamiento claros y canales de garantía.
(4) El responsable principal de la entidad responsable es responsable de la aplicación, organización y gestión del proyecto piloto para establecer un sistema nacional inteligente; ciudad.
Artículo 7 Para solicitar un piloto nacional de ciudad inteligente, se deben proporcionar los siguientes materiales:
(1) Documentos de solicitud y carta de recomendación (firma) del Departamento de Vivienda y Vivienda provincial. Desarrollo Urbano-Rural.
(2) Esquema de planificación del desarrollo de ciudades inteligentes. El esquema encarna el concepto de promover el desarrollo saludable de la urbanización con ciencia y tecnología modernas, y propone claramente objetivos de desarrollo, indicadores de control y proyectos clave en construcción y habitabilidad, gestión y servicios, industria y economía.
(3) Plan de implantación piloto de ciudad inteligente. Contenido específico:
1. Descripción básica. Incluyendo el estado de desarrollo económico, social e industrial, los servicios públicos sociales y la infraestructura urbana.
2. Análisis de viabilidad. Incluyendo análisis de demanda, análisis de condiciones básicas y ventajas, y análisis de riesgos para la construcción de una ciudad inteligente nacional.
3. Crea objetivos y tareas. Con base en las condiciones locales reales y el "Sistema de indicadores piloto (prueba) nacional de ciudades inteligentes (distrito, ciudad)", se proponen objetivos de creación y tareas de construcción razonables y factibles, así como plazos de construcción y planes de trabajo.
4. Solución técnica. Apoyar rutas técnicas, medidas y planes de construcción de plataformas para lograr objetivos creativos y funciones de servicio.
5. Condiciones de garantía organizativa. Incluyendo la estructura de gestión organizacional, las políticas relevantes y los métodos de financiamiento.
6. Anexos relevantes. Artículo 8 El Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural es responsable de establecer el Comité Nacional de Expertos en Ciudades Inteligentes, que está compuesto por expertos directivos y técnicos en planificación urbana, gestión municipal, servicios públicos, paisajismo, tecnologías de la información, etc.
El comité de expertos se adhiere al principio de buscar la verdad a partir de los hechos, realiza evaluaciones independientes, objetivas y justas, y es responsable de la orientación técnica y la evaluación de aceptación de la creación de ciudades inteligentes.
El procedimiento de revisión del Artículo 9 incluye revisión de material, inspección in situ, revisión integral y otros enlaces. El grupo de expertos en evaluación está formado por expertos procedentes del comité de expertos.
(1) Revisión de materiales. El panel de expertos revisará la integridad, viabilidad y naturaleza científica de los materiales de la solicitud.
(2) Inspección in situ. El grupo de expertos realizó inspecciones in situ de las ciudades que pasaron la revisión de materiales, incluida la infraestructura de información, la construcción del sistema de aplicación y el nivel de aplicación, el sistema de seguridad y los cimientos de la construcción, y formó opiniones por escrito.
(3) Evaluación integral. El grupo de expertos llevó a cabo una revisión integral del estado de la solicitud del proyecto piloto nacional de ciudad inteligente y formó opiniones de revisión integrales revisando los materiales de la solicitud, escuchando informes de trabajo y planes de implementación piloto, y escuchando opiniones de inspección in situ y evaluaciones integrales.
Artículo 10 Los dictámenes de evaluación integral se presentarán al grupo dirigente del Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural para su revisión y aprobación, y la lista de ciudades piloto aprobadas se publicará en el sitio web del Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural. Artículo 11 El Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural y los gobiernos populares de las ciudades piloto (distritos y pueblos) firman una declaración de misión nacional de creación de ciudades inteligentes para aclarar los objetivos de creación, el ciclo de creación y las tareas de construcción.
Artículo 12 La persona responsable de la tarea piloto debe definir claramente la persona administrativa a cargo de la creación y establecer una oficina de gestión de implementación del trabajo piloto compuesta por departamentos funcionales relevantes que serán específicamente responsables de la creación y implementación.
Artículo 13 Durante el período de establecimiento, las ciudades piloto deberán presentar un informe anual de autoevaluación al Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural antes del 31 de febrero de cada año para explicar la realización de las metas predeterminadas. Sobre la base del informe de autoevaluación anual, el Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural organiza expertos para inspeccionar el progreso de las obras de construcción sobre el terreno y elaborar un informe de evaluación anual.
Artículo 14 Una vez finalizado el período de creación, el grupo líder de trabajo de creación de ciudades inteligentes del Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural organizará la aceptación en función de la declaración de la misión de creación. Se evaluarán las ciudades piloto (distritos y pueblos) que hayan pasado la inspección de aceptación, y las calificaciones de evaluación de menor a mayor se dividirán en una estrella, dos estrellas y tres estrellas. Si la inspección falla, se permitirá la rectificación dentro de un plazo, y la aceptación se reorganizará después de la rectificación.
Artículo 15: Una vez que los resultados de la evaluación se presenten al Grupo Líder de Ciudades Inteligentes del Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural para su aprobación, se publicarán en el sitio web del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Desarrollo Rural por 10 días hábiles. Si no hay objeciones al anuncio, el Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural nombrará la ciudad inteligente nacional (distrito, pueblo) según su nivel correspondiente. Artículo 16 El Departamento de Conservación de Energía en la Edificación y Ciencia y Tecnología del Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural es responsable de la interpretación de estas Medidas.