Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - El Estado protege el derecho de los deportistas a elegir de conformidad con la ley.

El Estado protege el derecho de los deportistas a elegir de conformidad con la ley.

Para proteger los derechos de imagen de los deportistas, necesitamos contar con una legislación completa y formular leyes para proteger los derechos de imagen de los deportistas como grupo especial. Refinar y mejorar las regulaciones de protección relevantes existentes. En segundo lugar, debemos comprender la naturaleza del uso de retratos. Debido a que algunos deportistas tienen un alto valor comercial, muchas empresas firman contratos de uso de retratos con ellos y utilizan sus retratos de forma gratuita. Finalmente, debemos adaptarnos a la demanda del mercado y mejorar el mecanismo de protección de los derechos de los deportistas.

Base Jurídica

Artículo 110 del Código Civil

Las personas físicas disfrutan de los derechos a la vida, al cuerpo, a la salud, al nombre, al retrato, a la reputación, al honor, a la intimidad. y autonomía conyugal.

Artículo 1019

Ninguna organización o individuo podrá utilizar medios de tecnología de la información para difamar, desfigurar, falsificar o infringir de otro modo los derechos de imagen de otros. No se puede producir, utilizar ni divulgar ningún retrato sin el consentimiento del titular de los derechos del retrato, a menos que la ley disponga lo contrario.

Sin el consentimiento del titular del derecho del retrato, el titular del derecho del retrato no podrá utilizar ni hacer público el retrato del titular del derecho del retrato mediante publicación, reproducción, distribución, alquiler, exposición, etc.