Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Cómo juzgar la filtración de secretos comerciales?

¿Cómo juzgar la filtración de secretos comerciales?

La determinación de infracción de secretos comerciales puede basarse en lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley contra la Competencia Desleal. Los operadores no cometerán los siguientes actos de infracción de secretos comerciales:

(1) Hurto, soborno. , fraude, coerción, intrusión electrónica y otros medios desleales para obtener los secretos comerciales del titular de los derechos;

(2) Divulgar, utilizar o permitir que otros utilicen los secretos comerciales del titular de los derechos obtenidos mediante el párrafo anterior;

(3) Violar la obligación de confidencialidad o el requisito del obligante de guardar secretos comerciales, divulgando, usando o permitiendo que otros usen los secretos comerciales en su poder;

(4) Instigar, inducir o ayudar a otros a violar obligaciones o derechos de confidencialidad. El requisito de la persona de guardar secretos comerciales, obtener, revelar, usar o permitir que otros usen los secretos comerciales del titular del derecho.

Si una persona física, jurídica u organización sin personalidad jurídica distinta de un operador comete cualquiera de los actos ilícitos enumerados en el párrafo anterior, se considerará infracción del secreto empresarial.

Un tercero obtiene, divulga, utiliza o permite que otros obtengan, divulguen, utilicen o permitan que otros lo hagan cuando saben o deberían saber que los empleados, exempleados u otras unidades o individuos del derecho El titular del secreto comercial ha cometido los actos ilícitos enumerados en el apartado 1 de este artículo. Cualquier utilización de dichos secretos comerciales se considerará infracción de los secretos comerciales.

Los secretos comerciales mencionados en esta Ley se refieren a información técnica, información comercial y otra información comercial que no es conocida por el público, tiene valor comercial y el titular del derecho la mantiene confidencial.