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Requisitos legales para la construcción de tumbas

Análisis jurídico: Según las disposiciones legales pertinentes, ninguna unidad o individuo puede construir una tumba sin aprobación. Está prohibido ocupar terrenos cultivados para construir hornos o tumbas. Cualquiera que viole las normas pertinentes será ordenado por los departamentos correspondientes a realizar correcciones dentro de un plazo y será multado si se constituye un delito, se perseguirá la responsabilidad penal de conformidad con la ley;

Base legal: "Reglamento de Gestión Funeraria"

Artículo 9 Ninguna unidad o individuo podrá construir instalaciones funerarias sin aprobación. A los cementerios rurales de bienestar público no se les permite proporcionar espacio para tumbas a personas que no sean aldeanos. Está prohibido el establecimiento o restauración de cementerios de clanes.

El artículo 10 prohíbe la construcción de tumbas en las siguientes áreas: (1) tierras cultivadas y tierras forestales; (2) parques urbanos, lugares escénicos y reservas de reliquias culturales (3) cerca de embalses, presas fluviales y; áreas de protección de fuentes de agua; (4) Ambos lados de las líneas troncales de ferrocarriles y carreteras. Las tumbas existentes dentro del área especificada en el párrafo anterior, excepto los cementerios con valor histórico, artístico y científico protegidos por el Estado, serán trasladadas o enterradas dentro de un plazo determinado, y no se dejarán tumbas.