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No pidas un abogado defensor en el tribunal, ¿vale?

Sí, un defensor no tiene por qué ser abogado.

Artículo 33: Además de ejercer su derecho a la defensa, los sospechosos e imputados de un delito también podrán confiar en una o dos personas como defensores. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas:

(1) Abogados;

(2) Personas recomendadas por organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o imputado;

(3) Tutores, familiares y amigos de sospechosos e imputados de delitos.

No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena o privadas o restringidas de su libertad personal de conformidad con la ley.

No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido destituidas de cargos públicos o cuyo título de ejercicio de abogado o notario haya sido revocado, salvo los tutores o parientes próximos de los sospechosos o imputados.

Artículo 11 El Tribunal Popular conocerá de los casos en público, salvo disposición en contrario de esta Ley. El acusado tiene derecho a obtener una defensa y el Tribunal Popular tiene la obligación de garantizar que el acusado obtenga una defensa.

Datos ampliados

Los derechos de defensa de los sospechosos y acusados ​​de delitos incluyen generalmente:

(1) El derecho de manifestación. Al interrogar al acusado, déle la oportunidad de declarar y defenderse.

(2) Derecho de contrainterrogatorio. El derecho del acusado penal a interrogar a testigos y peritos durante el juicio.

(3) Derecho a solicitar la investigación de pruebas. Los acusados ​​de delitos pueden acudir al tribunal para obtener pruebas y citar a testigos, y los peritos también tienen derecho a solicitar una confrontación con otros acusados.

(4) Derecho al debate. Los acusados ​​penales tienen derecho a argumentar los hechos y el derecho, la fuerza probatoria de las pruebas y cuestiones procesales.

(5) Optar por defender los derechos humanos. Los sospechosos y acusados ​​de delitos tienen derecho a confiar a defensores la asistencia jurídica y la defensa propia.

(6) Derecho a reparación. Los acusados ​​de delitos que no estén satisfechos con la sentencia o el fallo del tribunal tienen derecho a obtener reparación.

(7) Derecho a desistir de la solicitud. Para evitar que el personal judicial con motivos de recusación afecte la tramitación justa de los casos, el acusado tiene derecho a solicitar la recusación como forma de reparación.

Enciclopedia Baidu-Defensa Penal