¿Qué impuestos se pagarán por el proyecto?
Los impuestos a pagar por este proyecto son:
1. Impuesto empresarial: 3% de la facturación. Fórmula de cálculo: impuesto empresarial = volumen de negocios × 3%
2. Impuesto de construcción y mantenimiento urbano: impuesto a pagar = impuesto empresarial a pagar × tipo impositivo aplicable. Entre ellos, si la ubicación del contribuyente es en zona urbana, se gravará con un impuesto empresarial del 7%. Si se encuentra en un condado o ciudad, el impuesto comercial se aplica al 5%. Si se encuentran en zonas rurales, se aplica un impuesto empresarial del 1%.
3. Recargo por tasa de educación: 3% del impuesto empresarial. Fórmula de cálculo: impuesto a pagar = impuesto comercial a pagar × 3%.
4. Recargo por educación local: 2% del impuesto empresarial. Fórmula de cálculo: impuesto a pagar = impuesto comercial a pagar × 2%
Tasa impositiva integral = 3% + 3% × 7% impuesto de construcción urbana + 3% × 3% recargo educativo + 3% × 2% educación local Recargo de tarifa/[1-(3%+3%×7% impuesto de construcción urbana+3%×3% recargo de tarifa de educación+3%×2% recargo de tarifa de educación local] también incluye materias primas y otros utilizados en construcción, reparación, y proyectos de decoración El precio de los materiales y la energía Cuando se utiliza el valor de los equipos instalados como valor de salida del proyecto de instalación, también se incluye el precio de los equipos instalados si el contribuyente está ubicado en un condado o localidad, el integral. el coeficiente impositivo es del 3,41%; si el contribuyente está ubicado en una zona rural, el coeficiente impositivo integral es del 3,28%.
Base legal:
Reglamento Provisional de la República Popular de China. sobre el Impuesto al Valor Agregado
Artículo 2 Tasa del Impuesto al Valor Agregado:
Excepto (1) Salvo que se disponga lo contrario en los puntos 2, 4 y 5 de este artículo, la tasa del impuesto para los contribuyentes que venden bienes, servicios, servicios de arrendamiento de bienes muebles tangibles, o bienes importados es del 17%.
(2) Contribuyentes que venden servicios de transporte y servicios postales de industria, telecomunicaciones básicas, construcción y arrendamiento de bienes inmuebles, ventas. de bienes inmuebles, transferencia de derechos de uso de suelo, venta o importación de los siguientes bienes, la tasa del impuesto es del 11%:
1. Granos, aceites vegetales comestibles, sal comestible y otros productos agrícolas;
2. Agua del grifo residencial, calefacción, aire acondicionado, agua caliente, gas, gas licuado de petróleo, gas natural, éter dimetílico, biogás, productos del carbón;
3. productos audiovisuales y publicaciones electrónicas;
4. Piensos, fertilizantes, pesticidas, maquinaria agrícola, películas plásticas
5.
(3) Salvo disposición en contrario en los puntos 1, 2 y 5 de este artículo, la tasa impositiva para los contribuyentes que venden servicios y activos intangibles es del 6%.
(4) Exportaciones con tasa cero. por los contribuyentes; sin embargo, a menos que el Consejo de Estado especifique lo contrario.
(5) La tasa impositiva para las ventas transfronterizas de servicios y activos intangibles dentro del alcance del Consejo de Estado será determinada por el. Consejo de Estado. /p>
Artículo 3 Si un contribuyente se dedica a artículos con diferentes tipos impositivos, las ventas de artículos con diferentes tipos impositivos se calcularán por separado; si las ventas no se calculan por separado, se aplicará el tipo impositivo más alto;
Artículo 5. Si un contribuyente realiza ventas gravadas, el impuesto al valor agregado recaudado se calculará con base en el volumen de ventas y la tasa impositiva especificada en el artículo 2 de este Reglamento. La fórmula de cálculo del impuesto repercutido es: impuesto repercutido = volumen de ventas × tasa impositiva.