Sistema de gestión de residuos
Base legal: “Reglamento para el Manejo de Residuos Médicos”
Artículo 2 Los residuos médicos a que se refiere este reglamento se refieren a los residuos médicos generados por las instituciones médicas y de salud en tratamiento médico, prevención, atención de la salud y otras actividades relacionadas Residuos que son directa o indirectamente infecciosos, tóxicos o nocivos de otro modo. El propósito de clasificación de los desechos médicos lo formula y anuncia el departamento administrativo de salud y el departamento administrativo de protección ambiental del Consejo de Estado.
Artículo 3 El presente reglamento se aplica a la recolección, transporte, almacenamiento, eliminación y supervisión y gestión de residuos médicos. Los desechos domésticos generados por pacientes con enfermedades infecciosas o pacientes sospechosos de tener enfermedades infecciosas ingresados en instituciones médicas y de salud se gestionarán y eliminarán como desechos médicos. La gestión de estupefacientes, psicotrópicos, radiactivos, tóxicos y desechos relacionados desechados en instituciones médicas y de salud se llevará a cabo de conformidad con las leyes, reglamentos administrativos y reglamentos y normas nacionales pertinentes.