Socio nominal de un despacho de abogados
Subjetividad jurídica:
Todos los socios son abogados. Los socios de un estudio jurídico colectivo deben haber ejercido la abogacía durante más de tres años y no tener antigüedad. Artículo 15 de la Ley de Abogados para constituir una firma de abogados en sociedad, además de cumplir con las condiciones especificadas en el artículo 14 de esta Ley, también debe tener tres o más socios, y el fundador debe ser un abogado con más de tres años de ejercicio. experiencia. Un bufete de abogados asociado puede establecerse en forma de sociedad general o sociedad general especial. Los socios de un bufete de abogados son responsables de las deudas del bufete de abogados como sociedad.