¿Tiene la grabación una base legal?
Base jurídica: "Varias Disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre Pruebas en Procedimientos Civiles" Artículo 70: Si una de las partes presenta las siguientes pruebas y la otra parte plantea una objeción pero no hay prueba en contrario, el Tribunal Popular El tribunal confirmará su valor probatorio:
(1) La prueba documental original o copia, fotografía, duplicado o extracto que se verifique que es correcto con la prueba documental original.
(2) Pruebas físicas originales o copias, fotografías, materiales de video, etc. consistente con la evidencia física original.
(3) Materiales audiovisuales obtenidos lícitamente respaldados por otras pruebas, o copias corroboradas con los materiales audiovisuales.
(4) Las partes solicitan al tribunal popular que presente pruebas físicas o registros de inspección in situ de acuerdo con los procedimientos legales.