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Consulta de información - ¿Bajo qué ley se gestiona el soborno comercial de las empresas de publicidad? Según lo dispuesto en la ley penal. El artículo 164 de la Ley Penal establece: “El que, con el fin de obtener beneficios ilegítimos, entregue bienes al personal de una sociedad o empresa, y la cantidad sea relativamente importante, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años o detención penal, si la cantidad es enorme, será sentenciado a una pena de prisión de no más de tres años o detención penal, si la cantidad es enorme, será condenado a una pena de prisión de no menos de tres años; de no más de diez años y multa.
¿Bajo qué ley se gestiona el soborno comercial de las empresas de publicidad? Según lo dispuesto en la ley penal. El artículo 164 de la Ley Penal establece: “El que, con el fin de obtener beneficios ilegítimos, entregue bienes al personal de una sociedad o empresa, y la cantidad sea relativamente importante, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años o detención penal, si la cantidad es enorme, será sentenciado a una pena de prisión de no más de tres años o detención penal, si la cantidad es enorme, será condenado a una pena de prisión de no menos de tres años; de no más de diez años y multa.
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