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¿La falta de suministro de aire en cocinas abiertas cumple con la normativa nacional?

Análisis jurídico: Una cocina abierta significa que la cocina y el salón (incluido el salón) no están separados por una puerta. El "Código de Diseño de Gas Urbano" (GB50028-2006) y la "Especificación Técnica de Gas Urbano" (GB50494-2009) estipulan claramente que "no se permite el uso de gas natural en cocinas abiertas".

Base legal: "Código para la instalación y aceptación de aparatos domésticos de gas"

3.1.1 Los aparatos de gas y sus dispositivos de suministro y escape de aire de apoyo y los dispositivos de monitoreo de seguridad deben instalarse de acuerdo con la categoría y las características del gas, elija en función de factores como las condiciones de instalación.

3.1.2 La categoría de gas marcada en la placa de características del aparato de gas debe ser coherente con la categoría de gas suministrada en el lugar de instalación.

3.1.3 El rendimiento de ahorro de energía y de agua de los aparatos de gas debe cumplir con las normas nacionales pertinentes vigentes. Los principios de selección de aparatos de gas deberán implementarse de conformidad con lo dispuesto en el Apéndice A de este reglamento.

3.1.4 Los edificios donde se instalen aparatos de gas deben contar con sistemas de suministro de agua, drenaje, calefacción, suministro de energía y suministro de gas que cumplan con los requisitos de los aparatos de gas.

3.1.5 Se debe reservar el lugar de instalación de los aparatos de gas en la vivienda, debiendo instalarse un conducto de humos especial o dejarse un agujero en la pared exterior que da al exterior.