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Reglamento sobre Divulgación de Información sobre Sanciones Administrativas para la Supervisión y Administración del Mercado

Artículo 1 Con el fin de acelerar la construcción de un nuevo mecanismo de supervisión del mercado basado en el crédito, fortalecer la supervisión crediticia de las entidades del mercado, promover la gobernanza social y mantener un orden de mercado justo, estas regulaciones se formulan de acuerdo con las leyes y regulaciones administrativas pertinentes. y disposiciones pertinentes del Consejo de Estado. Artículo 2 La información pertinente sobre las decisiones de sanciones administrativas adoptadas por el departamento de supervisión y gestión del mercado mediante procedimientos ordinarios se registrará en el sistema nacional de divulgación de información crediticia empresarial y se hará pública.

No se publicarán aquellos que sólo estén sujetos a sanciones administrativas de advertencia. Salvo que las leyes y reglamentos administrativos dispongan lo contrario.

La información de divulgación de sanciones administrativas de las entidades del mercado registradas de conformidad con la ley se registrará a nombre de la entidad del mercado. Artículo 3 El departamento de supervisión y gestión del mercado seguirá los principios de legalidad, objetividad, oportunidad y normalización en la divulgación de la información sobre sanciones administrativas. Artículo 4 La información sobre sanciones administrativas divulgada de conformidad con el artículo 2 de este Reglamento incluye principalmente cartas de decisión sobre sanciones administrativas y resúmenes de información sobre sanciones administrativas.

El departamento de supervisión y gestión del mercado seguirá estrictamente las disposiciones pertinentes de la Administración Estatal de Regulación del Mercado para preparar una decisión de sanción administrativa, resumirá la información de la sanción administrativa y la adjuntará a la decisión de sanción administrativa.

El resumen de información de la sanción administrativa incluye: el número de documento de la decisión de sanción administrativa, información básica sobre las partes involucradas en la sanción administrativa, el tipo de conducta ilegal, el contenido de la sanción administrativa y el nombre y fecha de la agencia administrativa que tomó la decisión de sanción administrativa. Artículo 5 El departamento de gestión y supervisión del mercado establecerá y mejorará el mecanismo de revisión de la confidencialidad de la información sobre sanciones administrativas de conformidad con la "Ley de la República Popular China sobre el mantenimiento de secretos de Estado" y otras leyes y reglamentos pertinentes. La divulgación de información sobre sanciones administrativas no debe revelar secretos de estado ni poner en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública, la seguridad económica y la estabilidad social. Artículo 6 Cuando el departamento de supervisión y gestión del mercado divulgue información sobre sanciones administrativas, deberá cumplir con las disposiciones pertinentes de las leyes y reglamentos sobre la protección de secretos comerciales e información personal y procesar la información según sea necesario. Artículo 7 La decisión de sanción administrativa publicada por el departamento de supervisión y gestión del mercado será consistente con la decisión de sanción administrativa entregada a la parte, salvo en los casos que se tramiten de acuerdo con los requisitos del artículo 6 de este Reglamento. Artículo 8 Si la decisión de sanción administrativa se hace pública, el departamento de supervisión y gestión del mercado informará a las partes por escrito que la información de la sanción administrativa se hará pública. Artículo 9 Si el departamento de supervisión y gestión del mercado que toma la decisión de sanción administrativa y el lugar de registro (residencia) del partido se encuentran en la misma provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central, el departamento de supervisión y gestión del mercado que toma la decisión de sanción administrativa tomará 20 días hábiles a partir de la fecha de toma de la decisión de sanción administrativa. Dentro del período, la información de la sanción administrativa se divulgará a través del Sistema Nacional de Divulgación de Información Crediticia Empresarial. Artículo 10 Si el lugar de registro (residencia) del departamento de supervisión y gestión del mercado que toma la decisión de sanción administrativa y el partido de sanción administrativa no están en la misma provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central, la supervisión y gestión del mercado El departamento que toma la decisión de sanción administrativa deberá enviar la información de la sanción administrativa al departamento de supervisión y gestión del mercado en el lugar de registro (residencia) de la parte a través del mercado a partir de la fecha de la toma de la decisión de sanción administrativa. departamento de supervisión y gestión de la provincia, región autónoma y municipio directamente dependiente del Gobierno Central, y ayudar en su implementación dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la información de las sanciones administrativas. Artículo 11 Si una decisión de sanción administrativa se modifica, revoca, se confirma que es ilegal o inválida, el departamento de supervisión y gestión del mercado retirará la información de divulgación de la sanción administrativa dentro de los tres días hábiles y explicará los motivos. Artículo 12 Si el departamento de supervisión y gestión del mercado descubre que la información sobre sanciones administrativas que publica es inexacta, realizará las correcciones oportunas. Los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones tienen derecho a solicitar al departamento de supervisión y gestión del mercado que corrija la información sobre sanciones administrativas que haya sido publicada por el departamento de supervisión y gestión del mercado. Artículo 13: La información que sólo haya sido criticada mediante aviso o haya recibido una sanción administrativa menor, dejará de publicarse al vencimiento de tres meses contados a partir de la fecha de su anuncio público. Otra información sancionadora administrativa dejará de publicarse cuando hayan transcurrido tres años desde la fecha de publicación.

El límite inferior de la multa mencionada en el párrafo anterior será estipulado por el departamento de supervisión y gestión del mercado a nivel provincial o superior en función del trabajo real.

Para aquellos a quienes se les restringe la realización de actividades productivas y comerciales y se les restringe el empleo durante más de tres años de acuerdo con las leyes y reglamentos, el período de publicidad se basará en el período de restricción real. Artículo 14 Si la divulgación de información sobre sanciones administrativas cumple con los requisitos de plazo prescritos y al mismo tiempo cumple con las siguientes condiciones, puede solicitar al departamento de gestión y supervisión del mercado que tomó la decisión de sanciones administrativas que detenga la divulgación por adelantado:

(1) La sanción administrativa se ha cumplido voluntariamente con las obligaciones estipuladas en la decisión;

(2) Se han eliminado proactivamente las consecuencias nocivas y los efectos adversos;

(3) No haber sido sancionados nuevamente por el departamento de supervisión y gestión del mercado por actos ilegales similares;

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(4) No incluidos en la lista de operaciones comerciales anormales y en la lista de violaciones graves de la ley y deshonestidad.

Las medidas específicas de ejecución del plazo previsto en el párrafo anterior y del cese anticipado de la publicidad serán formuladas separadamente por la Administración Estatal de Regulación del Mercado.

Si se ordena a una parte suspender la producción y los negocios, restringir la producción y las actividades comerciales, restringir el empleo, reducir los niveles de calificación, revocar licencias, revocar licencias comerciales y otras sanciones administrativas graves prescritas por la Administración Estatal de Mercado Reglamento, no suspenderán la publicidad por adelantado. Artículo 15 Los departamentos de supervisión y gestión del mercado de todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, de conformidad con este reglamento, mejorarán rápidamente el sistema nacional de divulgación de información crediticia empresarial y proporcionarán métodos convenientes de recuperación y revisión para facilitar la información del público. recuperación y revisión de información sobre sanciones administrativas.