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Normas de conflicto de intereses en el ejercicio del derecho

Análisis jurídico: 1. Conflicto absoluto de intereses

1. Los abogados y despachos de abogados no establecerán ni mantendrán una relación de cliente con un cliente bajo cualquiera de las siguientes circunstancias: el abogado actúa como agente de ambas partes en el mismo caso, o el abogado actúa como agente de ambas partes en el mismo caso, o el abogado actúa como agente del cliente o de un asunto legal en el que un familiar cercano tiene un conflicto de intereses. Cuando un abogado se ocupe de negocios litigiosos o no litigiosos, sus familiares cercanos serán los representantes legales o agentes de la otra parte. Personal de agencias administrativas, jueces, fiscales y árbitros que han manejado o juzgado personalmente un determinado asunto o caso y luego manejaron el asunto o caso después de convertirse en abogados. Diferentes abogados de la misma firma de abogados pueden actuar como agente de la víctima y el sospechoso criminal o defensor del acusado en el mismo caso penal, excepto cuando solo hay una firma de abogados en el condado y se ha obtenido el consentimiento de las partes por adelantado. En litigios civiles, litigios administrativos y casos de arbitraje, diferentes abogados de la misma firma actúan como agentes de ambas partes en la disputa, o la firma o su personal es una de las partes y otros abogados de la firma actúan como agentes de la otra parte. . En los negocios no contenciosos, los abogados de una misma firma de abogados también actúan como agentes de las partes interesadas, excepto cuando cada parte se lo encomiende. Una vez terminada la relación con el cliente, el mismo bufete de abogados o abogado acepta al cliente de la otra parte en juicios posteriores o en el manejo del mismo caso. De manera similar a las situaciones anteriores, existen otras situaciones de conflicto de intereses que se pueden considerar evitadas activamente y no tratadas según la experiencia profesional de los abogados y el sentido común de la industria. 2. Absoluto conflicto de intereses, aunque las partes estén de acuerdo.

En segundo lugar, conflictos de intereses relativos

Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, el abogado deberá informar al cliente y desistir voluntariamente, salvo que el cliente acepte su representación o continúe ejerciendo el caso. Aceptar la encomienda de una parte en un litigio civil o caso de arbitraje, y otros abogados de la misma firma son parientes cercanos de la otra parte en el caso que actúa como defensor de un sospechoso de un delito o acusado en un caso penal, y otros abogados; en la misma firma hay familiares cercanos de la víctima en el caso. Existe una relación de servicio legal entre una firma de abogados y un cliente, y el cliente no requiere que la firma de abogados lo represente en casos de litigio o arbitraje, sino la firma de abogados; actúa como agente de la contraparte del cliente dentro de un año después de la terminación de la relación con el cliente. En asuntos legales, aceptamos la encomienda de la otra parte que tiene un interés en el cliente original.

Base jurídica: “Ley de Abogados de la República Popular China”.

Artículo 38 Los abogados guardarán los secretos de Estado y los secretos comerciales conocidos durante su actividad profesional y no divulgarán la intimidad de sus clientes.

Los abogados mantendrán confidencial la información y los materiales relevantes que sus clientes y otras personas no estén dispuestos a revelar en el curso de sus actividades profesionales. Sin embargo, se excluyen los hechos e información delictivos que estén siendo preparados o implementados por el cliente u otros que pongan en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública o pongan en grave peligro la seguridad personal de otros.

Artículo 39: El abogado no actuará como agente de ambas partes en un mismo caso, ni actuará como agente en asuntos jurídicos que entren en conflicto con los intereses del propio abogado o de sus familiares cercanos.

Artículo 40 Los abogados no realizarán en su ejercicio las siguientes conductas:

(1) Aceptar en privado encomiendas, cobrar honorarios, aceptar propiedades u otros beneficios de los clientes;

(2) Aprovecharse de la conveniencia de brindar servicios legales para buscar los derechos e intereses en disputa de las partes;

(3) Aceptar propiedad u otros intereses de la otra parte, coludir maliciosamente con la otra parte o un tercero, e infringir los derechos e intereses del cliente;

(4) Reunirse con jueces, fiscales, árbitros y otro personal relevante en violación de las regulaciones;

(5) Informar a jueces, fiscales, árbitros y otros miembros relevantes del personal, ofrecer sobornos, introducir sobornos o instigar o inducir a las partes a pagar sobornos, o influir de otro modo en jueces, fiscales, árbitros y otros miembros relevantes del personal para manejar los casos de conformidad con la ley. ;

(6) Proporcionar deliberadamente pruebas falsas o amenazar o inducir a otros a proporcionar pruebas falsas, provocando que la otra parte no pueda obtener pruebas legalmente;

(7) Incitar e instigar las partes utilicen medios ilegales para resolver disputas tales como alterar el orden público y poner en peligro la seguridad pública;

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(8) Perturbar el orden de los tribunales y tribunales de arbitraje e interferir con la conducta normal de los litigios y las actividades de arbitraje.