Nuevas Normas de Crédito
Base legal: “Reglamento para la Administración de la Industria de Informes Crediticios”
Artículo 13 La recolección de información personal debe obtener el consentimiento del titular de la información y no será recolectada sin su consentir. Sin embargo, se excluye la información divulgada de conformidad con las leyes y reglamentos administrativos.
No se considerará información personal la información relacionada con el desempeño de sus funciones por parte de directores, supervisores y altos directivos corporativos.
El artículo 14 prohíbe a las agencias de informes crediticios recopilar información personal sobre creencias religiosas, genes, huellas dactilares, tipos de sangre, enfermedades e historial médico, así como otra información personal prohibida por leyes y reglamentos administrativos.
Las agencias de informes crediticios no pueden recopilar información como ingresos personales, depósitos, valores, seguros comerciales, bienes raíces y pagos de impuestos. Sin embargo, esto es excepto cuando la agencia de informes crediticios informa claramente al sujeto de la información sobre las posibles consecuencias adversas de proporcionar la información y obtiene su consentimiento por escrito.
Artículo 15: Los proveedores de información que proporcionen información personal adversa a las agencias de informes crediticios deberán informar al interesado con antelación. Sin embargo, se excluye la información adversa divulgada de conformidad con las leyes y reglamentos administrativos.
Artículo 16 El período de conservación de la mala información personal de las agencias de informes crediticios es de cinco años a partir de la fecha de terminación de la mala conducta o incidente; si excede los cinco años, se eliminará.
Durante el período de retención de información adversa, el sujeto de la información puede explicar la información adversa y la agencia de informes crediticios la registrará.
Artículo 17 Los interesados podrán consultar sobre su propia información a las agencias de informes crediticios. Los interesados tienen derecho a obtener mi informe crediticio de forma gratuita dos veces al año.
Artículo 18 Cualquier persona que solicite información personal a una agencia de informes crediticios deberá obtener el consentimiento por escrito del interesado y aceptar su uso. Sin embargo, esto queda exceptuado si la ley estipula que las investigaciones pueden realizarse sin consentimiento.
Las agencias de informes crediticios no proporcionarán información personal en violación de lo dispuesto en el párrafo anterior.