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Cómo redactar un testamento para que sea legalmente vinculante.

(1) Testamento propio: El artículo 134 del Código Civil estipula: “El testamento propio será escrito por el testador, firmado y marcado con el año, mes y día”. escriba y firme personalmente y anote el año, mes y día.

En cambio, si no lo has escrito tú mismo, no lo firmarás después de escribirlo, ni indicarás el año, mes, día, etc. , la validez de su propio testamento puede ser cuestionada o negada.

Por lo general, no se recomienda modificar, agregar o eliminar un testamento escrito por uno mismo. Puede optar por imprimirlo como referencia y hacer copias usted mismo para evitar modificaciones.

Si es necesario realizar ajustes y cambios después de realizado el testamento, se debe realizar un nuevo testamento. No es apropiado eliminar o modificar el testamento original. Se recomienda indicar cuál es el nuevo testamento y el conflicto con el testamento anterior para evitar disputas innecesarias.

Los testamentos generalmente son conservados por el testador o un fiduciario.

(2) Agente que redacta testamento: El artículo 135 del Código Civil estipula: “La persona que otorga testamento a un agente deberá ser atestiguada por dos o más testigos, uno de ellos redactará el testamento en nombre de él. del testador, abogado y demás testigos, e indicar el año, mes y día: "Debe haber dos testigos que no estén interesados ​​en escribir el testamento, uno de los cuales escribe y firma el libro, y el otro firma. Además, el testador también deberá firmar, y tanto el testador como los testigos deberán indicar la fecha de la firma.

Tras la implantación del Código Civil, el método de escritura puede ser manuscrito o impreso. Para facilitar la determinación de la autenticidad del testamento en disputas sucesorias, se recomienda redactar el testamento con antelación.

Los requisitos para los testamentos escritos por fantasmas son relativamente estrictos, por lo que se recomienda tener cuidado al utilizar testamentos escritos por fantasmas.

(3) Impresión del testamento

El artículo 136 del Código Civil estipula: “El testamento impreso deberá ser testificado por dos o más testigos.

El testador y los testigos deberán firmar en cada página del testamento e indicar el año, mes y día "

El testamento impreso es un nuevo tipo de testamento en el Código Civil que requiere dos o más personas. Testigos en. estaca testifique. El testamento debe ser impreso por el propio testador, firmado por el testador y los testigos después de la impresión, y en cada página del testamento debe marcarse el año, mes y día.

La autenticidad del testamento es el requisito previo para determinar la validez del testamento. Se recomienda que grabe y grabe en video todo el proceso al imprimir su testamento.

(4) Grabaciones de audio y vídeo

El artículo 137 del Código Civil estipula: “El testamento otorgado en forma de grabaciones de audio y vídeo tendrá más de dos testigos.

El testador y los testigos deberán hacer constar sus nombres o retratos, así como el año, mes y día en forma de grabaciones de audio y vídeo "

La grabación de audio y vídeo de. El testamento debe realizarse profesionalmente con equipos de audio y video y ser presenciado por dos o más testigos desinteresados. El testador y los testigos deberán estar presentes en el testamento audiovisual. El testador y los testigos también podrán introducir sus nombres en el testamento audiovisual y expresar la fecha en que se formó el testamento audiovisual.

El soporte del testamento audiovisual es un dispositivo de grabación, y copiar el testamento audiovisual a una computadora u otro soporte es una copia. Se recomienda que el equipo de grabación se conserve adecuadamente para los testamentos elaborados con grabaciones de audio y video, y que los materiales originales de los testamentos de audio y video no se eliminen a voluntad.

(5) Testamento oral

El artículo 138 del Código Civil establece: “El testador puede otorgar testamento oral en caso de emergencia.

El testamento oral debe ser presenciado por dos o más testigos.

Si el testador puede otorgar testamento por escrito o mediante grabación de audio y vídeo, el testamento oral será inválido”

En términos generales. , los testamentos orales sólo pueden utilizarse en circunstancias extremas, es decir, situaciones críticas, y deben ser presenciados por más de dos testigos independientes.

Una vez eliminada la situación de emergencia, si se puede hacer un testamento por escrito o en otras formas, como grabaciones de audio y video, el testamento oral no será válido.

(6) Escritura pública de testamentos

El artículo 139 del "Código Civil" establece: "La escrituración del testamento será realizada por el testador a través de una institución notarial". 2 estipula: "El testador puede revocar o modificar el testamento.

Después de otorgar el testamento, si el testador realiza actos jurídicos civiles contrarios al contenido del testamento, se considerará que el contenido relevante del testamento han sido revocados.

Hay varios testamentos y si su contenido discrepa, prevalecerá el último.

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