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Política de demolición de Xuzhou Fengxian

Análisis jurídico: 1. Existen dos formas de compensar la vivienda urbana: 1. Para reemplazo de vivienda, la compensación mínima por demolición en la misma área; 2. Para compensación monetaria, el mínimo es el precio del mercado inmobiliario circundante (similar al precio del mercado inmobiliario en la fecha del anuncio de la decisión de expropiación); Existen tres modalidades de indemnización por derribo de vivienda rural, 1. Si las condiciones lo permiten, se dará prioridad a los costos de reubicación de la vivienda y reconstrucción de la vivienda 2. La compensación monetaria pura es el costo de la reconstrucción de la vivienda + el precio del terreno de la vivienda 3. Para el reemplazo de la vivienda, el área mínima del mismo lote es; 1:1.

Base jurídica: Artículo 8 del "Reglamento sobre Expropiación e Indemnización de Viviendas en Terrenos de Propiedad del Estado" Para salvaguardar la seguridad nacional, promover el desarrollo económico y social nacional y otros intereses públicos, es necesario expropiar casas bajo cualquiera de las siguientes circunstancias: , los gobiernos populares de la ciudad y del condado toman decisiones de expropiación de casas:

(1) Defensa nacional y necesidades diplomáticas;

(2) Energía, transporte, conservación del agua y otras infraestructuras organizadas e implementadas por el gobierno. Las necesidades de construcción;

(3) Las necesidades de servicios públicos como ciencia y tecnología, educación, cultura, salud, deportes, medio ambiente y recursos. protección, prevención y reducción de desastres, protección de reliquias culturales, bienestar social y servicios públicos municipales organizados e implementados por el gobierno;

(4) La necesidad de la construcción de proyectos de viviendas asequibles organizados e implementados por el gobierno ;

(5) La necesidad de la reconstrucción de las ciudades antiguas organizada e implementada por el gobierno de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la Ley de Planificación Urbana y Rural

(6) Otros; necesidades de interés público estipuladas en leyes y reglamentos administrativos.