Red de Respuestas Legales - Consulta de información - ¿Cómo juzgar si constituye delito de falsificación de sello de una empresa, emprendimiento, institución u organización popular?

¿Cómo juzgar si constituye delito de falsificación de sello de una empresa, emprendimiento, institución u organización popular?

Requisitos del objeto. El objeto directo de este delito es la reputación de las actividades normales de empresas, empresas, instituciones y organizaciones populares; además constituye una infracción del orden público social; Los objetos de este delito son los sellos de empresas, empresas, instituciones y organizaciones populares. El llamado sello se refiere a un sello público o especial tallado por empresas, instituciones y organizaciones populares que expresa la identidad del sujeto con palabras e imágenes. Es utilizado por empresas, empresas, instituciones y organizaciones populares para participar. en actividades civiles y administrativas. El sello objeto de este delito debe ser el sello de una empresa, empresa, institución u organización popular. La infracción del sello de una agencia estatal no constituye este delito. requisitos objetivos. El aspecto objetivo de este delito es que el autor falsifique los sellos de empresas, empresas, instituciones y organizaciones populares. El llamado sello se refiere al sello oficial o sello especial tallado por las unidades antes mencionadas de conformidad con la ley. palabras e imágenes que indican la identidad del sujeto. El sello es un símbolo y marca para que las unidades antes mencionadas ejerzan la gestión de sus propios asuntos y soporten los derechos, obligaciones y consecuencias legales estipuladas por la ley para con terceros. En general, los documentos oficiales sólo pueden surtir efecto después de haber sido sellados con un sello. por lo tanto. Este artículo sólo estipula explícitamente que el acto de falsificar los sellos de las unidades mencionadas constituye un delito. Si el autor comete el acto de falsificar los documentos y certificados oficiales de las unidades antes mencionadas, no constituirá este delito. La llamada falsificación se refiere al acto de alguien sin derecho a sellar ilegalmente el sello de la unidad antes mencionada con un nombre falso. Elementos principales. El sujeto de este delito es un sujeto general. Puede cometer este delito cualquier persona natural que tenga más de 16 años y tenga capacidad de responsabilidad penal. Elementos subjetivos. Este delito es intencional en su aspecto subjetivo. Es decir, el perpetrador sabía que no tenía derecho a sellar la unidad antes mencionada, pero lo falsificó con algún propósito. Si el autor no sabe en absoluto que el sello que está haciendo es uno que otros no tienen derecho a solicitar, este delito no constituye este delito. Las motivaciones de los perpetradores para cometer delitos son diversas: algunos son para obtener ciertos beneficios, otros para obtener ganancias, otros para prepararse para la comisión de otras actividades delictivas, etc. Este delito es facultativo siempre que el autor cometa el acto de falsificar un sello, puede constituir este delito. El delito específico se puede determinar en función del sello de la unidad falsificada, como el delito de falsificación de sellos de empresa, el delito de falsificación de sellos de empresa o de organización popular, etc.

Base jurídica

"Derecho Penal de la República Popular China"

Artículo 280: Falsificación, alteración, comercio o hurto, hurto, Cualquier persona que destruya documentos oficiales documentos, certificados y sellos de organismos estatales será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y también multa si las circunstancias son graves; será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también multa.

Quien falsifique el sello de una empresa, emprendimiento, institución u organización popular, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión criminal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y también será multado.

Quien falsifique, altere, compre o venda cédulas de identidad de residente, pasaportes, tarjetas de seguridad social, licencias de conducir y otros documentos que puedan servir para acreditar la identidad conforme a la ley, será sancionado con pena privativa de libertad de no menos de más de tres años, detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y será multado si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años; y también será multado.