¿Qué pueden hacer los productos patentados sin infringir los derechos de patente?
Para que constituya infracción, generalmente debe tener las siguientes características jurídicas:
1. Cuando un infractor comete una infracción, hay un objeto de la infracción, es decir, el producto patentado, el método patentado o el diseño del producto patentado registrado en el documento de patente.
2. Debe ser una infracción ilegal. Según la ley de patentes, debe haber actos específicos de infracción y esos actos deben ser ilegales. Estos comportamientos se pueden resumir en fabricar, utilizar, vender productos patentados y utilizar métodos patentados sin el permiso del titular de la patente.
3. Comportamiento a efectos de producción y operaciones comerciales. El infractor fabrica, utiliza y vende productos patentados o utiliza métodos patentados sin el permiso del titular de la patente con fines de producción, operación y ganancias. Esta infracción ilegal causa daño al titular de la patente o a las partes interesadas, y es una infracción.
4. Al infractor se le debe haber pasado algo por alto. El infractor ha previsto que su comportamiento puede causar daño al titular de la patente y todavía espera o permite que esto suceda, o el infractor debería haber previsto y pudo prever su comportamiento y sus posibles consecuencias, pero no lo previó, o aunque lo había previsto no lo hizo, es culpa del infractor por pensar que no sucederá. Lo primero es intencional y lo segundo es negligencia, y ambos deben asumir responsabilidad civil.