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Reglamento de Gestión de Loterías

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Este reglamento está formulado con el fin de fortalecer la gestión de la lotería, regular el desarrollo del mercado de la lotería, mantener el orden del mercado de la lotería, proteger los derechos e intereses legítimos de los participantes de la lotería y promover el desarrollo del bienestar social. emprendimientos. Artículo 2 El término "lotería" mencionado en este Reglamento se refiere a un certificado emitido por el Estado con permiso para recaudar fondos de bienestar social y promover el desarrollo de empresas de bienestar social, y es adquirido voluntariamente por personas físicas para tener la oportunidad de ganar. ganar de acuerdo con reglas específicas.

La lotería no devuelve el capital y no paga intereses. Artículo 3 Las loterías de bienestar y las loterías deportivas serán autorizadas por el Consejo de Estado. Está prohibida la emisión de otras loterías sin el permiso del Consejo de Estado. Está prohibida la emisión y venta de billetes de lotería en el extranjero dentro del territorio de la República Popular China. Artículo 4 La emisión, venta y sorteo de billetes de lotería se ajustarán a los principios de publicidad, equidad, imparcialidad y buena fe. Artículo 5 El departamento financiero del Consejo de Estado es responsable de la supervisión y gestión de las loterías nacionales. El departamento de asuntos civiles y el departamento de administración deportiva del Consejo de Estado son responsables de la gestión de las loterías nacionales de bienestar y las loterías deportivas de acuerdo con sus respectivas responsabilidades.

Los departamentos financieros de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central son responsables de la supervisión y gestión de la lotería dentro de sus respectivas regiones administrativas. Los departamentos de asuntos civiles y los departamentos administrativos de deportes de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central serán responsables de la gestión de las loterías de bienestar y las loterías deportivas dentro de sus respectivas regiones administrativas de acuerdo con sus respectivas responsabilidades.

Los órganos de seguridad pública de los gobiernos populares a nivel de condado o superior y los departamentos administrativos industriales y comerciales a nivel de condado o superior investigarán y tratarán los billetes de lotería ilegales de acuerdo con la ley dentro del alcance. de sus respectivas responsabilidades y mantener el orden del mercado de lotería. Capítulo 2 Gestión de la emisión y venta de loterías Artículo 6 Las agencias de emisión de loterías de bienestar y las agencias de emisión de loterías deportivas (en adelante, las agencias de emisión de loterías) establecidas por el departamento de asuntos civiles y el departamento de administración de deportes del Consejo de Estado de conformidad con la ley son responsables de la emisión y distribución de loterías de bienestar nacional y venta de loterías deportivas respectivamente.

Agencias de venta de lotería de bienestar y agencias de venta de lotería deportiva (en adelante, agencias de venta de lotería) establecidas por los departamentos de asuntos civiles y departamentos de administración deportiva de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente bajo la El gobierno central es responsable de las ventas de lotería de bienestar y lotería deportiva dentro de sus respectivas regiones administrativas. Artículo 7 Si una agencia emisora ​​de lotería solicita abrir o descontinuar variedades específicas de lotería de bienestar o lotería deportiva (en lo sucesivo denominadas variedades de lotería), o solicita cambiar los asuntos de aprobación de variedades de lotería, deberá presentar al departamento financiero del Estado Consejo para su aprobación de conformidad con los procedimientos establecidos en este reglamento.

Con base en las necesidades del sano desarrollo del mercado de lotería, el departamento financiero del Consejo de Estado revisará las solicitudes de los emisores de lotería de acuerdo con los principios de planificación racional del mercado de lotería y la estructura de variedades de lotería. y controlar estrictamente los riesgos de la lotería. Artículo 8 Cuando una agencia emisora ​​de lotería solicita crear una variedad de lotería, debe ser aprobada por el departamento de asuntos civiles del Consejo de Estado o el departamento administrativo de deportes del Consejo de Estado y presentar los siguientes materiales de solicitud al departamento financiero del Estado. Consejo:

(1) Formulario de solicitud;

(2) Reglas de variedad de lotería;

(3) Método de emisión y alcance;

(4) Informe de análisis de mercado e informe de análisis de viabilidad técnica;

(5) Procedimientos operativos de lotería y adjudicación;

(6) Plan de control de riesgos.

El departamento financiero del Consejo de Estado deberá, dentro de los 90 días hábiles siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud, escuchar las opiniones públicas a través de revisiones de expertos y audiencias, revisar la solicitud y tomar una decisión por escrito. Artículo 9 Si una agencia emisora ​​de lotería solicita cambiar las reglas de variedades de lotería, los métodos de emisión y el alcance de la emisión, deberá ser revisado y aprobado por el departamento de asuntos civiles del Consejo de Estado o el departamento administrativo de deportes del Consejo de Estado, y luego presentar un solicitud al departamento financiero del Consejo de Estado y presentar materiales relacionados con el cambio. El departamento financiero del Consejo de Estado revisará la solicitud y tomará una decisión por escrito dentro de los 45 días hábiles a partir de la fecha de aceptación de la solicitud. Artículo 10 Si una agencia emisora ​​de lotería solicita suspender una variedad de lotería, deberá obtener la aprobación del departamento de asuntos civiles del Consejo de Estado o del departamento de administración de deportes del Consejo de Estado, presentar una solicitud por escrito al departamento financiero del Consejo de Estado, y enviar materiales relevantes para descontinuar la variedad de lotería. El departamento financiero del Consejo de Estado revisará la solicitud y tomará una decisión por escrito dentro de los 10 días hábiles a partir de la fecha de aceptación de la solicitud. Artículo 11 Si se aprueba el establecimiento, suspensión o cambio de variedades de lotería, el organismo emisor de la lotería anunciará la información relevante al público 10 días naturales antes del establecimiento, cambio o suspensión. Artículo 12 Debido a la necesidad de salvaguardar los intereses públicos y en emergencias, el departamento financiero del Consejo de Estado puede tomar las medidas necesarias para decidir cambiar las variedades de lotería aprobadas o descontinuar las variedades de lotería. Artículo 13 Las agencias emisoras de lotería y las agencias de venta de lotería adquirirán equipos y servicios técnicos de lotería que cumplan con los estándares de conformidad con las disposiciones de las leyes de contratación pública y los reglamentos administrativos.

Los estándares para equipos y servicios técnicos de lotería son formulados por el departamento de finanzas del Consejo de Estado en conjunto con el departamento de asuntos civiles y el departamento de administración de deportes del Consejo de Estado de acuerdo con las leyes nacionales de estandarización y los reglamentos administrativos pertinentes. . Artículo 14 Las agencias emisoras de lotería y las agencias de venta de lotería establecerán un sistema de gestión de riesgos y un sistema de notificación de fondos sospechosos para garantizar la seguridad de la emisión y venta de lotería.

Las agencias emisoras de lotería y las agencias de venta de lotería son responsables de la gestión de datos del sistema de ventas de lotería, la gestión de canje de premios de lotería y la gestión de recaudación de fondos de lotería, y no pueden confiar a otros la gestión de ellos. Artículo 15 Las agencias emisoras de lotería y las agencias de venta de lotería podrán encomendar a unidades e individuos la venta de billetes de lotería. Las agencias emisoras de lotería y las agencias de venta de lotería deberán firmar un contrato de venta de lotería con la agencia de lotería encargada. Los textos modelo de los contratos de venta de agencias de lotería de bienestar y de lotería deportiva serán formulados respectivamente por el departamento de asuntos civiles y el departamento de administración de deportes del Consejo de Estado.

Los agentes de lotería no pueden confiar a otros la venta de billetes de lotería en su nombre.