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¿Qué se debe preguntar en una reunión forzada sobre indecencia?

Artículo 237 del Código Penal: Cualquiera que utilice la violencia, la coerción u otros métodos para obligar a cometer actos indecentes o insultar a una mujer será condenado a una pena de prisión de no más de cinco años o a prisión penal.

Esto puede requerir preguntar sobre la historia específica de este incidente. El delito de indecencia forzada es un caso de procesamiento penal, no un caso civil. No hay mediación previa al juicio y no puede haber mediación. Como máximo, la víctima puede ser perdonada y recibir un castigo más leve, según corresponda. Se debe confiar a abogados defensores penales profesionales la intervención, la realización de un trabajo de defensa eficaz basado en casos y pruebas específicos y la lucha por lograr penas más leves o reducidas. Si el delito de obscenidad es menor, se puede llevar a cabo una mediación. Si las circunstancias son graves, serán detenidos de 5 a 10 días y no se permite la mediación. El que reúna una multitud para pelear en un lugar público o cometa el delito del párrafo anterior, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años.