¿Puedo llamar a la policía si me acosan las críticas negativas?
Recopilar pruebas para demandar por infracción. No existen leyes y reglamentos claros en nuestro país para detener el acoso mediante llamadas telefónicas y mensajes de texto, pero la persona acosada puede exigir la responsabilidad civil del acosador de acuerdo con las leyes pertinentes en los "Principios Generales del Derecho Civil". En primer lugar, es seguro que el acoso telefónico ha violado los derechos de personalidad de otros. Según las disposiciones legales pertinentes de nuestro país, los derechos de la personalidad son un derecho civil que disfrutan los sujetos civiles de conformidad con la ley. En circunstancias normales, los insultos cara a cara son el comportamiento más común que infringe los derechos de la personalidad de los demás, pero algunas personas también abusan de otros escribiendo cartas. Después de entrar en la era de la información, acosar a otros mediante llamadas telefónicas, envío de mensajes de texto, etc. se ha convertido en una de las formas de violar la personalidad de los demás. Debido al frecuente acoso telefónico, puede presentar una demanda civil ante el tribunal, demandar a la otra parte por infracción de sus derechos personales y pedirle que detenga la infracción y compense las pérdidas.
Base jurídica
Código Civil de la República Popular China
Artículo 165 Si un actor causa daño por su culpa al infringir los derechos e intereses civiles de otros, será responsable de la responsabilidad extracontractual. Según las disposiciones legales, se presume que el autor tiene culpa, pero si no puede probar que no tiene culpa, incurrirá en responsabilidad extracontractual.
Artículo 166: Si un actor causa daño a los derechos e intereses civiles de otros, independientemente de si el actor tiene culpa o no, si la ley estipula que debe asumir responsabilidad extracontractual, tales disposiciones prevalecerán .
Artículo 167: Si una infracción pone en peligro la seguridad personal o patrimonial de otros, la parte infractora tiene derecho a exigir al infractor que asuma la responsabilidad extracontractual para detener la infracción, eliminar obstáculos y eliminar el peligro.
Artículo 168 Si dos o más personas infringen y causan daño a otras conjuntamente, responderán solidariamente.
Artículo 169: El que instigue o ayude a otro a cometer una infracción, responderá solidariamente con el autor. Quien instigue o ayude a una persona sin capacidad para conducta civil o a una persona con capacidad para conducta civil limitada a cometer infracciones incurrirá en responsabilidad extracontractual si el tutor de una persona sin capacidad para conducta civil o de una persona con capacidad para conducta civil falla; para ejercer sus funciones tutelares, asumirá la responsabilidad correspondiente.
Artículo 170: Si dos o más personas cometen actos que pongan en peligro la seguridad personal o patrimonial de otras, y la conducta de una o más de ellas cause daño a otras, y si se puede identificar al infractor concreto, el infractor será responsable; si no se puede identificar al infractor específico, el autor será responsable solidariamente;