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Normas de compensación para tarjetas bancarias perdidas por entrega urgente

Análisis jurídico: 1. La compensación por correo urgente perdido debe incluir principalmente: (1) tarifas de servicio gratuito (sin incluir el seguro de precio y otros costos adicionales); (2) para el correo urgente asegurado, la agencia de servicio de entrega urgente compensará de acuerdo con el precio asegurado; Correo expreso no asegurado, de conformidad con la "Ley Postal", la "Ley de Contratos" y otras leyes y reglamentos pertinentes para la compensación. 2. La compensación por daños en envíos urgentes incluye principalmente: (1) Daño completo, es decir, la pérdida total del valor del envío, y se implementará de acuerdo con las normas sobre compensación por pérdida de envíos urgentes (2) Daño parcial, que; se refiere a la pérdida parcial del valor del envío, se basará en la proporción del valor de la pérdida del envío con respecto al valor total. La compensación se realizará en la misma proporción que el monto de la compensación por las pérdidas del envío expreso. 3. La compensación por partes internas inconsistentes incluye principalmente: (1) Si el nombre de las partes internas no coincide con el nombre ingresado por el remitente, la compensación se considerará daño completo (2) Si el nombre de las partes internas es; Lo mismo pero la cantidad y el peso son inconsistentes, la compensación se considerará daño parcial.

Base jurídica: “Ley Postal de la República Popular China”

Artículo 45 La indemnización por pérdida de correo y remesas en el ámbito de los servicios postales universales se regirá por lo dispuesto en la este capítulo. La indemnización por pérdidas de correo fuera del ámbito de los servicios postales universales estará sujeta a las disposiciones de las leyes civiles pertinentes. La pérdida de correo se refiere a la pérdida, daño o falta de partes internas del correo.

Artículo 46 Las empresas postales no se hacen responsables de la pérdida del correo ordinario. Sin embargo, se excluyen las pérdidas del correo ordinario causadas por empresas postales de forma intencionada o por negligencia grave.

Artículo 47 Las empresas postales compensarán las pérdidas del correo facturado de conformidad con las siguientes disposiciones:

(1) Si el correo factura asegurado se pierde o se daña completamente, la compensación se basará en el valor asegurado si el correo está parcialmente dañado o faltan las partes internas, la pérdida real del correo se compensará en función de la relación entre el monto asegurado y el valor total del correo;

(2) Si el correo no asegurado se pierde, se daña o falta el contenido, la compensación se basará en la pérdida real, pero el máximo no excederá tres veces la tarifa si el correo certificado es; perdido o dañado, la compensación será tres veces la tarifa multiplicada por la compensación.