¿Quién es responsable de los accidentes en el jardín de infancia?
Un niño que cae en el jardín de infancia no puede demostrar que no tuvo la culpa y debe asumir la responsabilidad. Si una persona sin capacidad para conducta civil sufre daños personales mientras estudia o vive en un jardín de infantes, escuela u otra institución educativa, el jardín de infantes, la escuela u otra institución educativa asumirá la responsabilidad extracontractual, si se puede demostrar que tiene responsabilidades en la gestión educativa; se han cumplido, no se asumirá la responsabilidad extracontractual.
Objetividad jurídica:
El artículo 1209 del Código Civil establece que el daño causado por un accidente de tránsito se produce porque el propietario, administrador y usuario de un vehículo a motor arrendado o prestado no son los si el daño es causado, el usuario del vehículo de motor será responsable de la indemnización; si el propietario o administrador del vehículo de motor es culpable del daño, será responsable de la indemnización correspondiente;