¿Se puede transferir el derecho de uso de terrenos edificables?
El derecho a utilizar terrenos edificables puede transferirse de conformidad con la ley. Las partes involucradas en la transferencia, permuta, aporte de capital, donación o hipoteca de derechos de uso de suelo para construcción deberán celebrar por escrito los contratos correspondientes y solicitar el registro de cambio. El período de uso de la transferencia de derechos de uso de suelo de construcción será acordado por las propias partes, pero no excederá el período restante de los derechos de uso de suelo de construcción.
Base Legal
Artículo 353 del Código Civil
El titular del derecho de uso de suelo para construcción tiene derecho a enajenar, permutar, aportar capital, donar o Hipotecar el derecho de uso del suelo para construcción, salvo disposición legal en contrario.
Artículo 355
Para enajenar, permutar, aportar capital o donar el derecho de uso de terreno para establecimiento, deberá presentarse una solicitud de cambio de registro ante la autoridad registradora.