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Texto completo del nuevo Sistema de Documentación de Basilea (2006) Principios básicos para una supervisión bancaria eficaz

Principios Básicos para una Supervisión Bancaria Eficaz

(Principios Básicos de Basilea)1. Este documento es una revisión de los "Principios Básicos para una Supervisión Bancaria Eficaz" promulgados por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (en adelante denominado el 1er Comité [1]) en septiembre de 1997. Desde entonces, el Método 2 de evaluación de los principios básicos [2] se ha ido introduciendo uno tras otro. Para cumplir con los requisitos básicos de las buenas prácticas regulatorias, muchos países utilizan los Principios Básicos como punto de referencia para evaluar la calidad de sus sistemas regulatorios y aclarar los requisitos laborales futuros. La práctica ha demostrado que la autoevaluación de los países sobre su cumplimiento de los principios básicos es efectiva y ayuda a los países a identificar problemas en sus sistemas regulatorios y su implementación y a determinar el enfoque del trabajo para resolver estos problemas. La revisión de los Principios Básicos de Basilea destaca una vez más la importancia de la autoevaluación. En los últimos años, el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial han estado utilizando los Principios Básicos en su Programa de Evaluación del Sector Financiero para evaluar los sistemas y prácticas de supervisión bancaria de los países. Pero desde 1997, el sistema regulatorio bancario ha experimentado enormes cambios y los países han acumulado una rica experiencia mediante la implementación de principios básicos. A medida que han surgido muchas cuestiones nuevas y se ha profundizado la comprensión de la gente sobre el sistema de supervisión y su implementación, la Comisión ha publicado muchos documentos en consecuencia. Con base en la situación anterior, es necesario revisar los principios básicos y los métodos de evaluación.

2. Al revisar los principios básicos y los métodos de evaluación, el comité se esfuerza por garantizar la continuidad y comparabilidad del marco general de los principios básicos de 1997. La práctica ha demostrado que la arquitectura de 1997 funciona bien. Por lo tanto, el comité no considerará revisiones amplias de los principios básicos, sino que centrará su trabajo en unas pocas áreas que necesitan revisión para mantenerse al día. La revisión no cuestionará de ninguna manera la validez del trabajo anterior, y mucho menos los planes de evaluación y reforma de los países relevantes de acuerdo con el marco de 1997.

3. Otro propósito del trabajo de revisión es mejorar la coherencia entre los principios básicos y las normas relacionadas con valores y seguros, así como las normas contra el lavado de dinero y la transparencia. Sin embargo, los principios básicos promulgados por los departamentos mencionados anteriormente están diseñados para resolver los diferentes puntos de riesgo importantes y tareas de supervisión entre departamentos. Por tanto, seguirán existiendo diferencias entre principios.

4. Durante el proceso de revisión, el Comité se reunió periódicamente con el Grupo de Contacto de Principios Básicos (que está compuesto por altos funcionarios de algunos países miembros del Comité, países no pertenecientes al G10, el Fondo Monetario Internacional y el Fondo Monetario Internacional. Banco Mundial) trabajaron en estrecha colaboración y absorbieron plenamente el trabajo realizado por el grupo de contacto. El comité también consultó a otros organismos internacionales de normalización, incluida la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS), la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OSCO), el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y el Comité de Sistemas de Pagos y Liquidación (CPSS). ). Por invitación de la Comisión, las organizaciones reguladoras regionales también emitieron opiniones sobre la revisión [3]. Antes de finalizar el borrador, el comité también consultó ampliamente con reguladores nacionales, bancos centrales, asociaciones comerciales internacionales, instituciones académicas y otras partes interesadas. 5. Los Principios Básicos son estándares mínimos de buenas prácticas regulatorias y se aplican a todos los países del mundo. El desarrollo de principios básicos y metodologías de evaluación puede ayudar a fortalecer el sistema financiero internacional. Ya sea un país en desarrollo o desarrollado, los problemas en el sistema bancario representarán una amenaza para la estabilidad financiera de un país e incluso del mundo. El Comité cree que la implementación de los Principios Básicos en países de todo el mundo mejorará en gran medida la estabilidad financiera en el país y en el extranjero y sentará una buena base para fortalecer sistemas regulatorios eficaces.

6. Los Principios Básicos de Basilea estipulan 25 principios que debe seguir un sistema regulatorio eficaz[5].

Principio 1 - Objetivos, independencia, poder, transparencia, cooperación: Un sistema regulatorio bancario eficaz requiere que cada agencia reguladora bancaria tenga responsabilidades y objetivos claros. Cada agencia reguladora debe tener independencia operativa, procedimientos transparentes, estructuras de buena gobernanza y recursos adecuados, y ser responsable del desempeño general de sus responsabilidades. También es necesario un marco legal apropiado para la supervisión bancaria, que incluya la aprobación para el establecimiento de bancos, el derecho a exigir a los bancos que cumplan con la ley, el derecho a operar de manera segura y estable, y protección legal para los supervisores. Además, es necesario establecer acuerdos de confidencialidad y intercambio de información entre las autoridades de supervisión.

Principio 2 - Ámbito de negocio permitido: El ámbito de negocio de las instituciones autorizadas y reguladas debe estar claramente definido, y el uso de la palabra "banco" debe estar estrictamente controlado.

Principio 3 - Estándares de concesión de licencias: Las agencias de concesión de licencias deben tener la autoridad para establecer estándares de concesión de licencias y rechazar todas las solicitudes que no cumplan con los estándares. Como mínimo, el proceso de concesión de licencias debe incluir una revisión de la estructura accionaria y la gobernanza del banco, las calificaciones de los miembros de la junta directiva y de la alta dirección, los planes estratégicos y de negocios del banco, los controles internos y la gestión de riesgos, y la posición financiera proyectada, incluido el tamaño del capital. Cuando el propietario o la empresa matriz del banco que solicita la aprobación sea un banco extranjero, deberá obtenerse el consentimiento previo de la autoridad supervisora ​​de su país de origen.

Principio 4 - Transferencia de propiedad de grandes cantidades: la autoridad reguladora bancaria tiene el derecho de revisar y rechazar la solicitud de un banco para transferir directa o indirectamente la propiedad o el control de grandes cantidades a otras partes.

Principio 5 - Adquisiciones importantes: los supervisores bancarios tienen el poder de revisar grandes adquisiciones o inversiones por parte de bancos, incluidos establecimientos transfronterizos, basándose en criterios establecidos para garantizar que sus filiales o estructuras organizativas no representen riesgos indebidos. u obstaculizar una supervisión eficaz.

Principio 6 - Índice de adecuación de capital: Las autoridades de supervisión bancaria deben formular regulaciones sobre el índice de adecuación de capital mínimo prudentes y apropiadas que reflejen los diversos riesgos de los bancos.

Al menos para los bancos con actividad internacional, los índices de adecuación de capital no deberían ser inferiores a los requisitos pertinentes de Basilea.

Principio 7 - Procedimientos de gestión de riesgos: Los supervisores bancarios deben asegurarse de que los bancos y grupos bancarios hayan establecido procedimientos integrales de gestión de riesgos acordes con su tamaño y complejidad (incluida la supervisión por parte de directores y altos directivos) para identificar, evaluar, monitorear, controlar o mitigar riesgos clave y evaluar la adecuación general del capital en función de sus propios riesgos.

Principio 8 - Riesgo crediticio: Los supervisores bancarios deben estar satisfechos de que los bancos tengan un proceso para gestionar el riesgo crediticio; el proceso debe tener en cuenta el perfil de riesgo del banco y cubrir la identificación, medición, seguimiento y control del crédito; políticas y procedimientos prudenciales de riesgo (incluido el riesgo de contraparte comercial).

Principio 9 - Activos problemáticos, reservas y provisiones: Los supervisores bancarios deben estar satisfechos de que los bancos hayan establecido políticas y procedimientos eficaces para gestionar diversos tipos de activos y evaluar la idoneidad de las provisiones y provisiones, y seguirlos estrictamente. procedimientos.

Principio 10 - Límites de exposición a grandes riesgos: Los supervisores bancarios deben estar satisfechos de que las políticas y procedimientos del banco ayuden a la administración a identificar y gestionar las concentraciones de riesgo. Los supervisores bancarios deben establecer límites prudentes que limiten la exposición de los bancos a una sola contraparte o a un grupo de contrapartes relacionadas.

Principio 11 - Exposición al riesgo de partes relacionadas: para evitar problemas causados ​​por préstamos con partes relacionadas, las autoridades reguladoras bancarias deben estipular que los bancos deben otorgar préstamos a empresas e individuos relacionados sobre una base comercial; ser monitoreados efectivamente; se deben tomar medidas apropiadas para controlar o mitigar diversos riesgos. La cancelación del préstamo subyacente se realizará de conformidad con políticas y procedimientos estándar.

Principio 12 - Riesgo país y riesgo de transferencia: Los supervisores bancarios deben estar satisfechos de que los bancos tengan políticas y procedimientos efectivos para identificar, medir, monitorear y controlar el riesgo país y el riesgo de transferencia en créditos e inversiones internacionales y establecerlos adecuados. preparativos y reservas para estos dos tipos de riesgos.

Principio 13 - Riesgo de Mercado: Las autoridades de supervisión bancaria deben estar convencidas de que los bancos tienen diversas políticas y procedimientos para identificar, medir, monitorear y controlar con precisión los riesgos de mercado; cuando sea necesario, las autoridades de supervisión bancaria tienen la autoridad para proporcionar mercado; Las exposiciones al riesgo están sujetas a límites específicos y/o requisitos de capital específicos.

Principio 14 - Riesgo de liquidez: Los supervisores bancarios deben estar satisfechos de que los bancos tengan una estrategia de gestión de liquidez que refleje el propio perfil de riesgo del banco y que hayan establecido mecanismos para identificar, evaluar, monitorear y controlar los riesgos de liquidez y gestionar liquidez en el día a día. Los supervisores bancarios deberían exigir a los bancos que establezcan planes de contingencia para hacer frente a los problemas de liquidez.

Principio 15 - Riesgo operativo: Los supervisores bancarios deben estar satisfechos de que los bancos tengan políticas y procedimientos de gestión de riesgos para identificar, evaluar, monitorear y mitigar los riesgos operativos proporcionales a su tamaño y complejidad.

Principio 16 – Riesgo de tasa de interés: Los supervisores bancarios deben estar satisfechos de que los bancos cuenten con sistemas efectivos para identificar, medir, monitorear y controlar el riesgo de tasa de interés en las cuentas bancarias, incluida la aprobación por parte de la junta directiva y su implementación. por la alta dirección una estrategia clara.

Principio 17 - Controles Internos y Auditorías: Los supervisores bancarios deben estar satisfechos de que los bancos tengan controles internos proporcionales al tamaño y complejidad de sus operaciones. Varios controles internos deben incluir autorizaciones y responsabilidades, compromisos bancarios, separación de funciones de procesamiento de pagos y contabilidad para activos y pasivos, verificación cruzada de los procedimientos anteriores, protección de activos, mejora de las auditorías internas independientes e inspección del cumplimiento de las funciones de control anteriores y leyes y reglamentos pertinentes disposiciones claras sobre estos aspectos.

Principio 18 – Prevenir el uso de servicios financieros para actividades delictivas: Los supervisores bancarios deben asegurarse de que los bancos tengan políticas y procedimientos sólidos, incluidas disposiciones estrictas de “conozca a su cliente”, para promover un mejor desarrollo en el sector financiero. . Alta ética profesional y estándares profesionales para prevenir el uso intencional o no intencional de los bancos para participar en actividades delictivas.

Principio 19 - Modelo de supervisión: Un sistema de supervisión bancaria eficaz requiere que las autoridades supervisoras tengan un conocimiento profundo de la situación general de los bancos individuales, de los grupos bancarios y del sistema bancario, así como de la estabilidad del sistema bancario. sistema, centrándose en la seguridad y solidez.

Principio 20 - Supervisión significa: Un sistema de supervisión bancaria eficaz debe incluir inspecciones in situ e inspecciones extra situ. Las autoridades de supervisión bancaria deben mantener un contacto regular con la dirección del banco.

Principio 21 - Informes de supervisión: Las autoridades de supervisión bancaria deben tener los medios para recopilar, revisar y analizar informes prudenciales y estados estadísticos bancarios de forma única y consolidada. Los reguladores deben tener los medios para verificar de forma independiente estas afirmaciones, ya sea mediante inspecciones in situ o utilizando expertos externos.

Principio 22 - Contabilidad y Divulgación: Las autoridades de supervisión bancaria deben asegurarse de que los bancos mantengan registros completos de acuerdo con las políticas y prácticas contables internacionalmente aceptadas y publiquen periódicamente información que refleje de manera justa la posición financiera y la rentabilidad del banco.

Principio 23 - Facultades de corrección y rectificación de las autoridades de supervisión: Los supervisores bancarios deben contar con un conjunto de herramientas para tomar medidas correctivas de manera oportuna. Estas herramientas incluyen la revocación de la licencia de un banco o, cuando corresponda, la propuesta de revocación de la licencia de un banco.

Principio 24 - Supervisión consolidada: Uno de los contenidos clave de la supervisión bancaria es que las autoridades reguladoras lleven a cabo una supervisión consolidada de los grupos bancarios, supervisen eficazmente todos los aspectos del negocio a nivel de grupo y establezcan requisitos prudenciales en de manera oportuna.

Principio 25: Relación entre el país de origen y el país anfitrión: La supervisión consolidada de negocios transfronterizos requiere cooperación e intercambio de información entre las autoridades de supervisión bancaria del país de origen y otras autoridades de supervisión relevantes, especialmente la supervisión del país anfitrión. autoridades.

Los supervisores bancarios deben exigir a los bancos extranjeros que realicen negocios locales con los mismos estándares que los bancos nacionales.

7. Los principios básicos adoptan una actitud neutral hacia los diferentes métodos de supervisión siempre que se puedan lograr los objetivos principales. Los principios básicos no pretenden cubrir las diferentes necesidades y situaciones de los distintos sistemas. Más bien, se deben dar la debida consideración a las circunstancias únicas de cada país a través del diálogo entre el evaluador y las autoridades reguladoras nacionales.

8. Los países deben implementar el Principio Básico 6[6] para todos los bancos dentro de su jurisdicción. Los países pueden ir más allá de los principios básicos para cumplir con los requisitos de las mejores prácticas regulatorias, especialmente en países con mercados y bancos desarrollados.

9. Mejorar los estándares de los principios básicos ayudará a mejorar la estabilidad de todo el sistema financiero. Sin embargo, esto no garantizará necesariamente la estabilidad del sistema financiero ni evitará la quiebra de bancos individuales. La regulación bancaria no puede ni debe garantizar que no todos los bancos quiebren. En una economía de mercado, la quiebra es parte de la asunción de riesgos.

10. El Comité alienta a los países a cooperar con otras autoridades reguladoras y partes relevantes para implementar los principios básicos. El Comité espera que las organizaciones financieras internacionales y otras partes relevantes utilicen los principios básicos para ayudar a los países a fortalecer la supervisión. El Comité seguirá fortaleciendo la cooperación con el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial para monitorear la implementación de diversas normas prudenciales bancarias. El Comité también seguirá fortaleciendo la cooperación con países no pertenecientes al G10. Un sistema de supervisión bancaria eficaz depende de algunos factores o condiciones previas externas. Aunque estos requisitos previos no caen dentro de la jurisdicción de las autoridades de supervisión bancaria, tienen un impacto directo en la eficacia de la supervisión bancaria en la práctica. Si los requisitos previos no son perfectos, las autoridades de supervisión bancaria deberían llamar la atención del gobierno sobre estas cuestiones, en particular su impacto negativo real o potencial en el logro de los objetivos de supervisión.

Políticas macroeconómicas estables y sostenibles;

Mejorar la infraestructura de las finanzas públicas;

Disciplina de mercado efectiva y (o red de seguridad pública)

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12. Las políticas macroeconómicas estables son la base para lograr la estabilidad del sistema financiero. Este trabajo no es responsabilidad de las autoridades de supervisión bancaria. Sin embargo, los reguladores deberían responder si se observa que las políticas actuales son perjudiciales para la seguridad y estabilidad del sistema bancario.

13. Si la infraestructura financiera pública es imperfecta, la estabilidad y el desarrollo del sistema financiero se verán afectados. Una infraestructura de finanzas públicas sólida incluye lo siguiente:

● Un sistema legal comercial a largo plazo que conduzca a la resolución justa de disputas, incluido el derecho de sociedades, el derecho de quiebras, el derecho contractual, el derecho de protección de los derechos del consumidor, el derecho privado derecho de propiedad, etc.;

●Estándares y reglamentos contables claros y completos reconocidos internacionalmente;

●Un sistema para auditorías independientes de grandes empresas para garantizar que los usuarios de los estados financieros (incluidos los bancos) ) creen que todos los tipos de cuentas pueden reflejar verdadera y justamente el estado financiero de la empresa. Todos los tipos de cuentas deben formularse de acuerdo con los estándares establecidos y los auditores deben ser responsables de su trabajo;

Eficaces e independientes. instituciones judiciales y profesionales regulados de contabilidad, auditoría y abogacía;

● Normas y regulaciones claras y supervisión adecuada de otros mercados financieros y, en su caso, de los participantes en esos mercados.

●El sistema de pago y compensación seguro y eficaz garantiza la compensación de transacciones financieras y controla los riesgos de contraparte.

14. La disciplina de mercado eficaz depende de si los participantes del mercado pueden obtener suficiente información, si los bancos bien administrados pueden obtener rendimientos financieros adecuados y si existen diversos acuerdos que permitan a los inversores tener confianza en los resultados de sus operaciones. decisiones Responsables. Entre las muchas cuestiones involucradas aquí se encuentran las estructuras de gobierno corporativo y el suministro de información precisa, significativa, oportuna y transparente por parte de los prestatarios a los inversionistas y acreedores existentes y potenciales.

15. En términos generales, determinar las protecciones sistémicas apropiadas es una cuestión de política que involucra a otros sectores, incluidos los bancos centrales, especialmente cuando se requieren fondos públicos. Las autoridades de supervisión bancaria generalmente pueden desempeñar un papel determinado porque conocen bien la situación en los departamentos pertinentes. Al abordar problemas sistémicos, por un lado, debemos resolver los problemas de confianza que afectan al sistema financiero y evitar extender el problema a otros bancos sanos. Por otro lado, debemos prestar atención a minimizar la distorsión de las señales y las limitaciones del mercado. . En muchos países, los sistemas de seguro de depósitos son una forma de protección sistémica. Si el sistema de seguro de depósitos se diseña adecuadamente, ayudará a reducir el riesgo moral, aumentará la confianza del público en el sistema bancario y evitará la propagación de riesgos de los bancos en problemas.

1 El Comité de Supervisión Bancaria de Basilea fue establecido en 1975 por los gobernadores de los bancos centrales de los países del G10. El comité está compuesto por altos funcionarios de las autoridades de supervisión bancaria y de los bancos centrales de Bélgica, Canadá, Francia, Alemania, Italia, Japón, Luxemburgo, Países Bajos, España, Suecia, Suiza, Reino Unido y Estados Unidos. La secretaría del comité está ubicada en el Banco de Pagos Internacionales en Basilea, donde celebra reuniones periódicas.

2[2] Además de los principios básicos, el comité también ha desarrollado documentos de orientación detallados para evaluar el cumplimiento de cada principio, es decir, el método de evaluación de los principios básicos. Este documento también fue revisado durante esta revisión.

3[3]Supervisión bancaria organizada por el Comité Árabe de Supervisores Bancarios, la Asociación de Supervisores Bancarios Americanos (ASBA), la Organización Caribeña de Supervisores Bancarios, el Comité de Supervisores Bancarios Europeos (CEBS) y el Grupo de Trabajo de la Conferencia de Gobernadores de Bancos Centrales de Asia Oriental y el Pacífico, la Organización de Supervisión Bancaria de Europa Central y Oriental, la Organización de Supervisión Bancaria Francófona, el Comité de Supervisión Bancaria del Consejo de Cooperación del Golfo, el Consejo Islámico de Servicios Financieros, la Organización de Supervisión Bancaria Extraterritorial, la Banca de Asia Central y Transcáucaso Organización de Supervisión Bancaria, Organización de Supervisión Bancaria de África Meridional (SADC), Sudeste Asiático, Nueva Zelanda, Foro de Supervisión Bancaria de la Organización del Banco Central de Australia (SEANZA), Comisión de Supervisión Bancaria de África Occidental y Central, Asociación de Supervisores Financieros del Pacífico.

4[4] Los principios básicos son estándares mínimos para una buena práctica regulatoria y se implementan de forma voluntaria. Los países tendrán libertad para implementar medidas de apoyo adicionales dentro de sus jurisdicciones para permitir una regulación efectiva.

5[5]Para obtener definiciones y explicaciones del contenido relacionado con los principios básicos, consulte el método de evaluación de los principios básicos.

6[6] Las instituciones financieras no bancarias de algunos países también ofrecen servicios de depósito y préstamo similares a los de los bancos. Muchos de los principios de este artículo también se aplican a dichas instituciones financieras no bancarias. Sin embargo, cabe señalar que los depósitos absorbidos por algunas instituciones financieras no bancarias representan una proporción relativamente pequeña del sistema financiero gubernamental y empresarial, y no es necesario supervisar dichas instituciones en forma de supervisión bancaria.