¿El delito de auxilio a la confianza, depende del volumen de negocios o del monto involucrado?
El delito de facilitar la confianza se refiere a la conducta grave de personas físicas o entidades que brindan soporte técnico como acceso a Internet, alojamiento de servidores, almacenamiento de redes, transmisión de comunicaciones, etc. , o proporcionar publicidad, promoción, pago y liquidación y otra asistencia, a sabiendas de que otros utilizan las redes de información para cometer delitos. La delincuencia depende no sólo del volumen de negocios, sino también del importe total involucrado. Siempre que las circunstancias sean graves, se puede perseguir la responsabilidad penal. Si el delito es cometido por una unidad, ésta será multada y el responsable directo será condenado a pena de prisión de duración determinada.
En la vida real, los delitos de ayudar a las redes de información a actividades delictivas se manifiestan principalmente en el alquiler y venta de tarjetas bancarias y tarjetas telefónicas; el desarrollo de aplicaciones ilegales y la promoción de aplicaciones fraudulentas de telecomunicaciones; Estos comportamientos brindan conveniencia para el fraude en las telecomunicaciones y son un eslabón importante en la cadena del fraude en las telecomunicaciones. Por lo tanto, la clave para combatir el cibercrimen es cortar la cadena de intereses y castigar efectivamente el comportamiento de ayuda del cibercrimen.
En resumen, el agua corriente es solo un registro de transacción bancaria y no representa la intención subjetiva del sospechoso criminal. La cantidad involucrada no es una prueba concluyente. No se puede juzgar si se ha cometido un delito de apoyo al crédito basándose simplemente en el volumen de negocios o en el importe de que se trate.
Base jurídica:
"Derecho Penal de la República Popular China"
Artículo 287-2
El delito de ayuda a la información Las actividades delictivas de la red a sabiendas son el acceso a Internet, alojamiento de servidores, almacenamiento de red, transmisión de comunicaciones y otro soporte técnico proporcionado a otros. Para cometer delitos, o prestar asistencia en materia de publicidad, promoción, pago, liquidación, etc. Si las circunstancias fueran graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o con prisión preventiva, y también o únicamente con multa.
Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero.
Si los hechos previstos en los dos párrafos anteriores constituyen además otros delitos, serán condenados y castigados conforme a lo dispuesto en las penas más severas.