Alemania ha registrado una marca y China también ha registrado una. ¿Puedes decir que somos una marca alemana?
No si el país de origen es China.
Según el artículo 3ter, apartado 2, del Tratado de Madrid:
Cualquier solicitud de extensión territorial realizada después del registro internacional deberá ser aprobada por el Estado de origen en el formato especificado en el Reglamento propuesto por la autoridad de registro. La Oficina Internacional registrará la petición inmediatamente, lo notificará sin demora a la autoridad de registro pertinente y la publicará en el diario publicado por la Oficina Internacional. Esta extensión territorial surtirá efectos a partir de la fecha de inscripción en el Registro Internacional y dejará de surtir efecto cuando expire el registro internacional de la marca de que se trate.