¿Qué información necesita un abogado para reunirse con un abogado?
Los materiales necesarios para los procedimientos de la reunión de abogados incluyen: certificado de ejercicio de abogado, certificado de firma de abogados, poder, certificados relevantes del cliente, etc. En casos específicos, la determinación legal se puede tomar con base en los asuntos específicos de la reunión del abogado, para evitar errores en la aplicación jurídica.
1. ¿Qué materiales se requieren para el trámite de la reunión de abogados? 1. Certificado de ejercicio del abogado (original y copia) 2. Certificado del despacho de abogados ("Reunión con el Sospechoso de Delito" emitido por el despacho de abogados, "Carta de Presentación del Demandado") 3. Carta de abogado para la defensa penal (si es asistencia jurídica se requiere carta oficial de asistencia jurídica) 4. Documento de identidad y prueba de parentesco del cliente (normalmente un familiar del la parte interesada).
2. El "Reglamento sobre las reuniones de abogados con presos en prisiones" prevé reuniones en el artículo 5. Si un abogado necesita reunirse con un preso bajo custodia, puede presentar copias de los siguientes materiales a la Oficina. prisión donde se encuentra el prisionero por fax, correo postal o presentación directa, y presentar los originales en la prisión en la fecha de la entrevista: (1) Certificado de ejercicio de abogado (2) Certificado de despacho de abogados; o carta de asistencia jurídica del propio delincuente o de su tutor o pariente cercano, o certificados pertinentes para la investigación y recopilación de pruebas en otro documento del caso. El centro penitenciario conservará el certificado original emitido por el despacho de abogados de la reunión del abogado con el delincuente detenido. Si el tutor o pariente cercano de un delincuente designa un abogado en su nombre, el abogado deberá confirmar con el delincuente si se ha establecido una relación de cliente durante la primera reunión. Artículo 6 Si un abogado necesita estar acompañado por un asistente para reunirse con un criminal bajo custodia, el abogado deberá presentar a la prisión un certificado emitido por el bufete de abogados que indique que el asistente legal se reunirá con el criminal bajo custodia y un abogado en ejercicio. certificado o solicitar un certificado de prácticas de abogado. Artículo 7 Si un abogado necesita estar acompañado por un intérprete para reunirse con un criminal bajo custodia, el abogado deberá presentar una solicitud a la prisión con antelación y presentar documentos de certificación que puedan probar la identidad de su intérprete. La prisión lo revisará con prontitud y tomará una decisión sobre su aprobación dentro de los tres días. Si se aprueba la participación, se notificará al abogado con prontitud. Si no se aprueba la participación, se expresarán las razones por escrito al abogado. El traductor que acompañe al abogado a la entrevista deberá presentar el aviso de aprobación penitenciaria y su cédula de identidad para asistir a la entrevista. Artículo 8 Después de recibir los materiales enumerados en el artículo 5 de este Reglamento presentados por el abogado, la prisión concertará una reunión de manera oportuna si se cumplen las circunstancias especificadas en el artículo 4 de este Reglamento. Si se puede concertar en ese momento, se debe concertar en ese momento; si no se puede concertar en ese momento, la prisión debe explicar la situación y concertar la entrevista en un plazo de 48 horas. Artículo 9 El recluso detenido podrá confiarle uno o dos abogados. Si se encomiendan dos abogados, los dos abogados podrán reunirse juntos o por separado. El abogado puede traer un asistente legal para ayudar con la entrevista. Artículo 10 Cuando los abogados se reúnan con delincuentes detenidos, deberán respetar el horario de la prisión. Las prisiones deben garantizar el tiempo y el número de entrevistas necesarias para que los abogados desempeñen sus funciones. Artículo 11 Cuando un abogado se reúne con un delincuente detenido, la prisión puede decidir si envía agentes de policía para que estén presentes en función de las circunstancias del caso y las necesidades laborales. Cuando los abogados defensores se reúnen con detenidos que están bajo investigación, procesamiento o juicio, no están sujetos a vigilancia y la prisión no puede enviar agentes de policía para que estén presentes. Artículo 12 Si un abogado se encuentra con un delincuente detenido y cree que la prisión y su personal le impiden ejercer su derecho a ejercer la abogacía, puede presentar una queja ante la prisión o su autoridad superior, o puede recurrir a la autoridad judicial administrativa municipal. autoridad donde se encuentre ubicado el estudio jurídico donde ejerce. Velar por el derecho a ejercer la abogacía. Si la situación es urgente, puede solicitar a la agencia administrativa judicial del lugar donde ocurrió el incidente para proteger su derecho a ejercer. La situación específica de la reunión de abogados debe determinarse estrictamente en función de la situación real del caso. Especialmente cuando se trata del manejo de asuntos relevantes, debe manejarse estrictamente en función de la revisión del caso del abogado. Si no está seguro, puede consultar a un abogado para obtener una definición legal.