¿Cuáles son los procedimientos para que los abogados se reúnan con las personas durante un juicio?
Artículo 15 Cuando los abogados se reúnan con sospechosos de delitos o acusados bajo custodia, deberán cumplir con las normas sobre entrevistas de la agencia que maneja el caso y el departamento de seguridad. No se permite traer a la reunión a familiares u otras personas de sospechosos o acusados de delitos, y no se permite entregar cartas, dinero u otros artículos cuya entrega esté prohibida por el departamento de custodia a sospechosos o acusados de delitos. No se proporcionarán herramientas de comunicación a sospechosos de delitos o acusados bajo custodia. Artículo 16 Los abogados, abogados en prácticas o asistentes legales no participarán en reuniones con otros sospechosos de delitos o acusados detenidos por el mismo caso. Artículo 17 Los abogados no podrán grabar, grabar en vídeo ni tomar fotografías cuando se reúnan con sospechosos o acusados de delitos bajo custodia sin el consentimiento de la agencia que lleva el caso, el departamento de seguridad y el sospechoso o acusado de delitos bajo custodia. Artículo 18 Después de la entrevista, el abogado realizará los procedimientos de entrega del sospechoso o acusado bajo custodia al departamento de seguridad. Artículo 19 Si la agencia que maneja el caso o el departamento de seguridad viola la ley o este reglamento, los abogados y sus bufetes de abogados pueden denunciarlo a la asociación de abogados o la agencia administrativa judicial, o pueden quejarse directamente al departamento legal de la agencia que maneja el caso. o el departamento correspondiente a un nivel superior y solicitar que se manejen de acuerdo con la ley. Para corregir la queja, la agencia que acepta la queja deberá responder dentro de los 10 días. Artículo 20 Si un abogado viola la ley, las disciplinas profesionales o estas regulaciones, la agencia que maneja el caso o el departamento de seguridad tiene derecho a disuadir y advertir, si un abogado se niega a escuchar la disuasión y advertencia, tiene derecho a detenerse; la reunión y presentar una queja ante el colegio de abogados o agencia administrativa judicial Informar la información relevante. Capítulo 3 Los abogados se reúnen con sospechosos de delitos bajo custodia durante la etapa de investigación Artículo 21 Si un abogado solicita reunirse con un sospechoso de delitos bajo custodia durante la etapa de investigación, deberá comunicarse con la agencia que maneja el caso. La agencia que lleva el caso determinará la hora y el lugar de la reunión de acuerdo con este reglamento y notificará al abogado oportunamente. Artículo 22 Cuando un abogado solicite reunirse con un sospechoso de un delito detenido, deberá presentar los siguientes materiales y las copias requeridas a la agencia que maneja el caso: 1. Carta de autorización 2. Certificado de ejercicio de abogado (incluido un permiso de trabajo de abogado en prácticas o; permiso de trabajo de asistente de abogado, lo mismo a continuación) ;3. Carta del bufete de abogados sobre la reunión del abogado con el sospechoso de un delito detenido. Artículo 23 Para los casos que no involucran secretos de estado, la agencia de manejo del caso enviará una carta oficial de reunión al abogado dentro de las 48 horas posteriores a que el abogado solicite la reunión y organizará la reunión. Para el delito de organización, liderazgo o participación en una organización de tipo mafioso, el delito de organización, liderazgo o participación en actividades terroristas, o casos mayores y complejos como delitos de contrabando, delitos de drogas, corrupción y soborno, etc., involucrando a dos o más personas, si el abogado propone reunirse con el sospechoso criminal bajo custodia, el caso será manejado. La agencia emitirá una carta oficial de reunión al abogado dentro de los cinco días y concertará una reunión con el abogado. Artículo 24 En los casos relacionados con secretos de Estado, la contratación de un abogado por parte del sospechoso deberá ser aprobada por el organismo de investigación. Si un abogado solicita reunirse con un sospechoso de un delito detenido, debe rellenar el "Formulario de solicitud para reunirse con un sospechoso de un delito en un caso secreto". La agencia que lleva el caso tomará una decisión sobre la aprobación o desaprobación dentro de los cinco días siguientes a la presentación de la solicitud por parte del abogado. Si se aprueba la entrevista, se enviará al abogado una "Notificación de aprobación de la reunión con el sospechoso de un delito en custodia en un caso confidencial"; si se desaprueba la entrevista, una "Carta de decisión de desaprobación de la reunión con el sospechoso de un delito en un caso confidencial"; "Caso Confidencial" se entregará al abogado y se expresarán los motivos. Artículo 25 Cuando un abogado se reúna con un sospechoso de un delito bajo custodia, deberá presentar los siguientes materiales y las copias requeridas al departamento de seguridad: (1) Carta de autorización (2) Certificado de ejercicio del abogado (3) Cuando se reúna un abogado; con un sospechoso o acusado criminal bajo custodia. Una carta especial de presentación de la persona (4) Una carta de reunión oficial emitida por la agencia de investigación; Para los casos que involucran secretos de estado, los abogados también deben presentar al departamento de seguridad el "Aviso de permiso para reunirse con el sospechoso de un delito en casos confidenciales" emitido por la agencia que maneja el caso. Artículo 26 Cuando un abogado se reúne con un sospechoso de un delito actualmente bajo custodia, la agencia que maneja el caso puede decidir si envía personal para que esté presente en función de las circunstancias del caso y las necesidades reales. Capítulo 4 Los abogados se reúnen con los presuntos delincuentes detenidos durante la etapa de revisión y enjuiciamiento Artículo 27 Si un abogado solicita reunirse con un presunto delincuente detenido durante la etapa de revisión y enjuiciamiento, la fiscalía se encargará de los procedimientos de reunión correspondientes. Artículo 28 Durante la etapa de revisión y procesamiento, si un abogado solicita reunirse con un sospechoso de un delito detenido por primera vez, deberá presentar a la fiscalía los siguientes materiales y las copias requeridas: (1) Carta de autorización (2); ) Certificado de ejercicio de abogado; (3) ) Carta de un bufete de abogados para reunirse con un sospechoso de un delito detenido. Cuando el abogado solicite otra reunión, deberá presentar al órgano procurador el certificado de ejercicio de la abogacía y las copias requeridas.
Artículo 29: Cuando un abogado se reúne con un sospechoso de un delito detenido que ha sido devuelto por la fiscalía para una investigación complementaria, el organismo de investigación es responsable de realizar los trámites para la reunión del abogado. Artículo 30 Cuando el órgano de la fiscalía se ocupa de los trámites para que un abogado se reúna con un sospechoso de haber cometido un delito bajo custodia, deberá proporcionarle una copia del dictamen de la fiscalía y los procedimientos legales pertinentes y los materiales del caso a petición del abogado. Artículo 31 Cuando un abogado se reúna con un sospechoso de un delito bajo custodia, deberá presentar los siguientes materiales y las copias requeridas al departamento de seguridad: 1. Carta de autorización 2. Certificado de ejercicio del abogado 3. Un área designada para que los abogados se reúnan; con sospechosos o imputados delincuentes bajo custodia Carta de presentación 4. Carta oficial de reunión emitida por el órgano fiscal; Artículo 32: En esta etapa, cuando los abogados se reúnan con sospechosos de delitos bajo custodia, la fiscalía no enviará personal para que esté presente. Capítulo 5 Los abogados se reúnen con los acusados bajo custodia en la etapa de juicio Artículo 33 Si un abogado solicita reunirse con un acusado bajo custodia en la etapa de juicio, el Tribunal Popular se encargará de ello. Artículo 34 Durante la etapa de juicio, si un abogado solicita reunirse con el imputado detenido, deberá presentar al tribunal popular los siguientes materiales y las copias requeridas: 1. Un poder o carta especial de presentación expedida por el abogado. departamento de ayuda; 2. Certificado de ejercicio de abogado; 3. Carta de abogado emitida por el bufete de abogados. Artículo 35 Cuando un abogado se reúna con un acusado bajo custodia, deberá presentar al departamento de seguridad los siguientes materiales y las copias requeridas: 1. Copia del auto de procesamiento remitido por el órgano de la fiscalía o de la sentencia del tribunal popular; ' reunión con el sospechoso de un delito o acusado bajo custodia Carta de presentación dedicada 3. Certificado de ejercicio de abogado; Artículo 36: Cuando los abogados se reúnan con el acusado en esta etapa, el Tribunal Popular no enviará personal para que esté presente. Capítulo 6 Disposiciones complementarias Artículo 37 Este reglamento se aplicará a los casos penales en los que los sospechosos o acusados de delitos estén detenidos bajo la custodia de agencias de seguridad nacional y los abogados soliciten reunirse con los sospechosos o acusados de delitos detenidos. Artículo 38 Si los abogados públicos del departamento de asistencia jurídica necesitan reunirse con sospechosos de delitos o acusados bajo custodia al tramitar casos de asistencia jurídica, deberán consultar este reglamento. Artículo 39 El presente reglamento entrará en vigor a prueba a partir de la fecha de su expedición. Si las regulaciones relevantes de varios departamentos de esta ciudad antes de la promulgación de estas regulaciones son inconsistentes con estas regulaciones, estas regulaciones prevalecerán.
Solo se puede emitir una evaluación de la lesión después de que la lesión esté estable. La determinación del grado de lesión debe basarse en la lesión primaria y sus consecuencias causadas directamente por factores externos, incluida la lesión en el momento de la lesión, las complicaciones y secuelas causadas por la lesión, etc. , se deben realizar análisis y evaluaciones integrales. Por lo tanto, algunas tasaciones no se pueden emitir si la lesión es inestable y sólo se pueden emitir después del tratamiento y estabilización.