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¿Cuál es la penalización por abrir un casino?

El que abra un casino será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva o vigilancia penal, y además, si las circunstancias son graves, se le impondrá pena privativa de libertad no menor de tres años; tres años y no más de diez años, y también será multado.

Análisis detallado:

Una vez que el juego de apuestas 1 se abre oficialmente y se utiliza realmente, este delito se considerará consumado, independientemente de si el promotor realmente obtiene ganancias. Si el propietario del casino participa por su cuenta en juegos de azar y se dedica a los juegos de azar, podrá considerar la posibilidad de fusionar este delito con el delito de juego de azar. Se trata de un nuevo delito separado del delito de juego en el "delito de apertura de un casino" en la Enmienda del Código Penal (6) promulgada el 29 de junio de 2006.

El objeto del delito de apertura de un casino es un tema general, el aspecto subjetivo es intencional, con fines de lucro, y el objeto es un juego de azar. El aspecto objetivo es proporcionar locales comerciales, establecer métodos de juego y proporcionar herramientas, fichas y fondos de juego. El artículo 18 de la Sexta Enmienda de la Ley Penal 1 (es decir, el párrafo 2 del artículo 303 de la Ley Penal 1) estipula que cualquiera que cometa este delito será sentenciado a una pena de prisión de no más de tres años, detención penal o vigilancia, y también será multado. Si las circunstancias son graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años.