¿Cómo realizan las cooperativas las inspecciones anuales en línea?
Condiciones para el establecimiento de cooperativas profesionales
(1) Que sean más de cinco socios calificados, es decir, ciudadanos con capacidad civil, y se dediquen a la producción directamente relacionada con la negocios de cooperativas profesionales de agricultores Las empresas, instituciones u organizaciones sociales que operan actividades pueden convertirse en miembros de cooperativas profesionales de agricultores si pueden utilizar los servicios proporcionados por las cooperativas profesionales de agricultores, reconocer y respetar los estatutos de las cooperativas profesionales de agricultores , y cumplir con los procedimientos de afiliación previstos en los estatutos. Sin embargo, las unidades con la función de gestionar los asuntos públicos no pueden afiliarse a cooperativas profesionales de agricultores.
Se debe compilar una lista de miembros y enviarla a la autoridad de registro[1].
Entre los miembros de las cooperativas profesionales de agricultores, los agricultores deben representar al menos el 80% del total de miembros.
Si el número total de socios es inferior a 20, podrán haber socios de empresas, instituciones públicas y grupos sociales; si el número total de socios excede de 20, los socios de empresas, instituciones públicas y; Los grupos sociales no podrán exceder del 5% del número total de miembros.
(2) Tener un estatuto que cumpla con las disposiciones de esta ley;
(3) Tener una estructura organizacional que cumpla con las disposiciones de esta ley;
(4) Tener una empresa que cumpla con la ley, la residencia especificada por las normas administrativas y determinada por los estatutos de la empresa;
(5) Hay miembros que cumplen con los requisitos de los estatutos asociación.
Base legal: Artículo 4 de las "Medidas Provisionales para la Divulgación de Informes Anuales de las Cooperativas Profesionales de Agricultores": Las cooperativas profesionales de agricultores deberán presentar el informe al departamento de administración industrial y comercial a través del sistema de divulgación de información crediticia empresarial. del 30 al 1 de junio de cada año Informe anual por un año y hecho público.
Las cooperativas profesionales de agricultores registradas en el año en curso deberán presentar y publicar informes anuales del año siguiente.
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