Tardaron seis meses en descubrir a la prostituta. ¿Será investigado?
Base legal: Artículo 22 de la "Ley de Sanción de la Gestión de la Seguridad Pública". Si la agencia de seguridad pública no descubre una violación de la gestión de la seguridad pública dentro de los seis meses, no se impondrá ninguna sanción. El plazo señalado en el párrafo anterior se computará a partir de la fecha en que se produzca la infracción a la gestión de la seguridad pública; si la infracción a la gestión de la seguridad pública es continua o continuada, se computará a partir de la fecha en que cese la infracción a la gestión de la seguridad pública; Artículo 130 del "Reglamento sobre los procedimientos para la tramitación de casos administrativos por los órganos de seguridad pública": si los órganos de seguridad pública no descubren violaciones de la gestión de la seguridad pública dentro de los seis meses y otros actos ilegales no son descubiertos por los órganos de seguridad pública dentro de un plazo de seis meses. dos años, no se impondrá ninguna sanción administrativa. El plazo señalado en el párrafo anterior se computará a partir de la fecha de ocurrencia del acto ilícito. Si el acto ilícito es continuado, continuado o continuado, se computará a partir de la fecha de finalización del mismo. Si la persona que ha sido infringida se queja ante el órgano de seguridad pública dentro del período de investigación por actos ilegales, pero el órgano de seguridad pública debe aceptar la denuncia pero se niega a aceptarla, el período de investigación previsto en el párrafo 1 de este artículo no será limitado.