Consulte a un abogado para la división de bienes prematrimoniales
Los bienes prematrimoniales no participan en la división. Los bienes prematrimoniales pertenecen a los bienes prematrimoniales personales de una de las partes y los disfruta únicamente el individuo. No se dividirán durante el divorcio. Los bienes prematrimoniales de uno de los cónyuges se refieren a los bienes personales que uno de los cónyuges adquirió antes de que se registrara el matrimonio. El artículo 1065 del Código Civil, que entró en vigor el 1 de enero de 2021, estipula que tanto el hombre como la mujer pueden acordar que los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes adquiridos antes del matrimonio serán propiedad del otro, y * * * conjunta o parcialmente propiedad, y parte * * * propiedad conjunta. El acuerdo debe ser por escrito. Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, se estará a lo dispuesto en los artículos 1062 y 1063 de esta Ley. El acuerdo entre marido y mujer sobre los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes antes del matrimonio es jurídicamente vinculante para ambas partes.
Objetividad Jurídica:
¿Artículo 1065 del Código Civil? Tanto hombres como mujeres podrán acordar que los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes anteriores al matrimonio sean de su propiedad, en todo o en parte, o en parte. El acuerdo debe ser por escrito. Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, se estará a lo dispuesto en los artículos 1062 y 1063 de esta Ley. El acuerdo entre marido y mujer sobre los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes antes del matrimonio es jurídicamente vinculante para ambas partes.