¿Es válida la cláusula de exención de indemnización por daños personales por accidentes laborales?
Base Legal
Artículo 506 del Código Civil
No son válidas las siguientes cláusulas de exención del presente contrato:
(1) Personales Lesión a la otra parte Lesión;
(2) Causar pérdidas de propiedad a la otra parte debido a intencionalidad o negligencia grave.
Artículo 502
El contrato establecido conforme a la ley surtirá efectos desde el momento de su celebración, salvo disposición legal en contrario o pacto en contrario de las partes.
De conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos, en caso de aprobarse el contrato, prevalecerá lo dispuesto. Si la falta de aprobación y otros procedimientos afecta la validez del contrato, no afectará el cumplimiento de las cláusulas de aprobación y otras obligaciones del contrato ni la validez de las cláusulas pertinentes. Si la parte que debe pasar por los procedimientos de aprobación no cumple con sus obligaciones, la otra parte podrá exigirle que asuma la responsabilidad por incumplimiento de obligaciones.