¿Cuáles son las causas del matrimonio y las disputas familiares?
Al conocer un caso de divorcio, el Tribunal Popular realizará la mediación; si la relación realmente se ha roto y la mediación es ineficaz, se concederá el divorcio. Si la mediación falla bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, se concederá el divorcio: (1) Bigamia o convivencia con otras personas; (2) Violencia doméstica o abuso o abandono de miembros de la familia (3) Juego, abuso de drogas y otros malos hábitos (; 4) ) Separados por más de dos años por discordia afectiva; (5) Otras circunstancias que conduzcan a la ruptura de la relación conyugal; Si una de las partes es declarada desaparecida y la otra solicita el divorcio, se concederá el divorcio.
Después de que el tribunal popular dictamine que no se permite el divorcio, si las dos partes han vivido separadas durante un año y una de las partes presenta nuevamente un procedimiento de divorcio, se concederá el divorcio.
Artículo 1091 Al divorciarse, si concurre alguna de las siguientes circunstancias, la parte sin culpa tiene derecho a reclamar una indemnización:
(1) Bigamia;
( 2) Vivir con otros;
(3) Realizar violencia doméstica
(4) Abusar o abandonar a miembros de la familia
(5) Tener otros; faltas graves.
Nota: El Código Civil entrará en vigor el 1 de enero de 2021.