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Reglamento de educación preescolar de la provincia de Shandong

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de promover el desarrollo científico de la educación preescolar y mejorar la calidad de la educación preescolar, este reglamento se formula de acuerdo con la "Ley de Educación de la República Popular China", el "Reglamento de gestión de jardines de infancia" de el Consejo de Estado y otras leyes y reglamentos, y en combinación con la situación real de esta provincia. Artículo 2 Este reglamento se aplica a la implementación y gestión de la educación preescolar dentro de la región administrativa de esta provincia.

La educación preescolar tal como se menciona en el presente reglamento se refiere al cuidado y educación de los niños preescolares mayores de 3 años y menores de 6 años.

El término “instituciones de educación preescolar” mencionado en este reglamento se refiere a los jardines de infancia responsables del cuidado y la educación en el párrafo anterior. Artículo 3 La educación preescolar es parte integral del sistema educativo nacional y una importante tarea de bienestar social. El desarrollo de la educación preescolar debe reflejar plenamente el bienestar público y el beneficio universal. Artículo 4 La educación preescolar debe seguir las leyes del desarrollo físico y mental de los niños, respetar la personalidad y los derechos de los niños, adherirse al principio de combinar protección con educación, estar abierta a todos los niños, prestar atención a las diferencias individuales, utilizar los juegos como actividades básicas y promover el desarrollo armonioso del desarrollo físico y mental de los niños. Artículo 5 Los gobiernos populares de las provincias y municipios divididos en distritos coordinarán y gestionarán la educación preescolar dentro de sus respectivas regiones administrativas, serán responsables de formular planes de desarrollo de la educación preescolar y brindarán orientación y supervisión para la educación preescolar dentro de sus respectivas regiones administrativas. El gobierno popular del condado (ciudad, distrito) es el principal responsable del desarrollo de la educación preescolar dentro de su propia región administrativa. Es responsable de la planificación y organización de la educación preescolar, la construcción de instituciones públicas de educación preescolar, la dotación de personal docente y. garantías salariales, recaudación de fondos y gestión de la educación preescolar.

El gobierno popular del municipio y las oficinas subdistritales asumen las responsabilidades pertinentes para el desarrollo y gestión de la educación preescolar dentro de sus respectivas áreas administrativas.

Se alienta a los comités de aldea (residentes), comunidades, empresas, instituciones, organizaciones sociales y ciudadanos individuales a establecer instituciones de educación preescolar de conformidad con la ley. Artículo 6 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior asignarán racionalmente recursos educativos, desarrollarán vigorosamente la educación preescolar rural, reducirán la brecha entre las áreas, regiones e instituciones de educación preescolar urbanas y rurales y mejorarán el nivel general de la educación preescolar. Artículo 7 Los departamentos administrativos de educación de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables de la gestión específica de la educación preescolar dentro de sus respectivas regiones administrativas. Los departamentos de desarrollo y reforma, asuntos civiles, seguridad pública, finanzas, recursos humanos y seguridad social, vivienda y construcción urbana y rural, planificación urbana y rural, tierras y recursos, salud, supervisión de alimentos y medicamentos, precios y organización de los gobiernos populares. a nivel de condado o superior participarán en la gestión de la educación preescolar de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Artículo 8 Los gobiernos populares de todos los niveles, los departamentos pertinentes, los organizadores de las instituciones de educación preescolar y las instituciones de educación preescolar garantizarán la seguridad de los profesores, el personal y los niños de conformidad con la ley. Artículo 9 Las unidades o individuos que hayan logrado logros sobresalientes en la promoción del desarrollo de la educación preescolar serán elogiados y recompensados ​​de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Capítulo 2 Establecimiento y Gestión Artículo 10 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior, de acuerdo con los principios de liderazgo gubernamental, participación social y desarrollo tanto público como privado, incorporarán la construcción de instituciones de educación preescolar en la planificación del apoyo. la construcción de instalaciones de servicios públicos urbanos y rurales y la planificación especial de la educación en la región, teniendo en cuenta la densidad de población, las tendencias cambiantes y el alcance de los servicios de las instituciones de educación preescolar, planificar racionalmente el diseño de la educación preescolar y adoptar diversas formas para ampliar la educación preescolar. recursos educativos para satisfacer las necesidades de educación cercana de los niños en edad escolar.

Ajustar el diseño de las escuelas primarias y secundarias, y se debe dar prioridad a la educación preescolar a los edificios escolares sobrantes y a los recursos públicos inactivos. Artículo 11 Los gobiernos populares de todos los niveles se centrarán en el desarrollo de la educación preescolar rural, darán prioridad a la construcción, reconstrucción y ampliación de las instituciones de educación preescolar rural y favorecerán la educación preescolar rural en términos de inversión financiera, asignación de docentes, reconocimiento y recompensas. etc.

Los gobiernos populares del condado (ciudad, distrito), del municipio (pueblo) y las oficinas de subdistrito deben fortalecer la construcción de instituciones centrales de educación preescolar del municipio (pueblo) para garantizar su funcionamiento y desarrollo normales, lo que puede ser sobre la base de jardines de infancia independientes y financiación independiente, la independencia del personal y los principios de independencia de la enseñanza, y se deben establecer instituciones de educación preescolar en escuelas primarias y secundarias rurales calificadas. Artículo 12 Las instituciones de educación preescolar en zonas residenciales de nueva construcción en ciudades y pueblos están dirigidas principalmente por el gobierno y se planifican, construyen y ponen en funcionamiento simultáneamente con las zonas residenciales. Cuando el gobierno confía la construcción de una unidad de desarrollo y construcción residencial, debe aclarar la naturaleza del terreno y la fuente de fondos para la institución de educación preescolar.

Si el diseño de la educación preescolar está involucrado en la planificación urbana especial, se debe buscar la opinión del departamento administrativo de educación del mismo nivel. Si la construcción de instituciones de educación preescolar no se organiza de acuerdo con el diseño de educación preescolar y las normas y especificaciones técnicas pertinentes determinadas en la planificación urbana y rural, el departamento de planificación no se encargará de la aprobación de la planificación y el departamento de registro no se ocupará del registro de propiedad. Artículo 13 Si los terrenos y edificios de las instituciones de educación preescolar son expropiados debido a necesidades de planificación y construcción urbana y rural, los gobiernos populares de las ciudades y condados (ciudades, distritos) divididos en distritos los reconstruirán de acuerdo con el diseño de planificación de la educación preescolar, o proporcionar compensación de conformidad con la ley. Las tarifas de compensación se utilizarán para la educación preescolar. Si es necesario reconstruir una institución de educación preescolar en otro lugar, primero debe construirse y luego adquirirse; si es necesario reconstruir una institución de educación preescolar, la ubicación de los niños en edad preescolar debe hacerse bien; Artículo 14 Los gobiernos populares de las ciudades divididas en distritos, condados (ciudades, distritos), municipios (pueblos) y oficinas de subdistrito construirán instituciones públicas de educación preescolar de acuerdo con el plan y las condiciones básicas para las instituciones de educación preescolar formuladas por el gobierno. departamento administrativo del gobierno popular provincial. Artículo 15 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior alentarán a las fuerzas sociales a organizar instituciones de educación preescolar de diversas formas y apoyarán el desarrollo de instituciones de educación preescolar privadas.

Las instituciones de educación preescolar privadas gozan del mismo estatus y derechos que las instituciones de educación preescolar públicas en términos de exención de impuestos, registro, clasificación y calificación, evaluación de títulos profesionales, formación docente, menciones y premios, etc.

Los gobiernos populares a nivel de condado o superior deben guiar y apoyar la prestación de servicios inclusivos mediante la compra de servicios, recompensas y subsidios, y el envío de maestros públicos.