Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - ¿No es razonable que funcionarios públicos sean suspendidos sin paga una y otra vez?

¿No es razonable que funcionarios públicos sean suspendidos sin paga una y otra vez?

Análisis jurídico: Es razonable adoptar las medidas de las "tres suspensiones y cinco no" para los funcionarios públicos que no paguen sus préstamos. Son razonables la suspensión, la suspensión de sueldo y la suspensión del trabajo; Aumento de salario, no ascenso. En el caso de los préstamos adeudados por funcionarios públicos, si tienen la capacidad de pagarlos, se les debe instar a que los paguen dentro de un plazo; si no pueden pagar el monto total, se deben pagar intereses con regularidad; si es difícil pagarlos; , se debe firmar un acuerdo de pago detallado para los morosos maliciosos, los préstamos deben tratarse con seriedad de acuerdo con las leyes y disciplinas; En el caso de préstamos históricos morosos que involucran a instituciones administrativas a nivel de condado, gobiernos municipales y departamentos pertinentes, así como préstamos adeudados por colectivos rurales a cooperativas de crédito, los departamentos pertinentes reciben instrucciones de organizar la liquidación de la deuda. Si las finanzas locales tienen capacidad de pago, deben hacerlo primero; si la capacidad de pago es insuficiente, se les permite reemplazarla con activos de alta calidad para ayudar en la enajenación y liquidación. Para las empresas e individuos que no cumplen con los préstamos de las cooperativas de crédito rural, el departamento judicial debe proteger los derechos e intereses legítimos de las cooperativas de crédito rural de acuerdo con la ley y tomar medidas enérgicas contra la evasión maliciosa de deudas y el fraude de préstamos.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 673: Si el prestatario no utiliza el préstamo según la finalidad acordada, el prestamista podrá dejar de desembolsar el Préstamo o retiro anticipado. Préstamo o resolución del contrato.

Artículo 674 El prestatario pagará los intereses según el plazo convenido. Si no se pactara el plazo para el pago de los intereses o el acuerdo fuere poco claro, y no pueda determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 510 de esta Ley, si el plazo del préstamo fuera inferior a un año, se pagará junto con el préstamo si el plazo del préstamo es superior a un año, deberá pagarse al final de cada año; si el plazo restante es inferior a un año, deberá pagarse junto con el préstamo.

Artículo 676 Si el prestatario no reembolsa el préstamo dentro del plazo convenido, deberá pagar los intereses de demora de conformidad con el acuerdo o las normas nacionales pertinentes.