Reglamento de Servicios de Empleo y Gestión del Empleo
El término "unidad empleadora", tal como se menciona en estas regulaciones, se refiere a empresas, organizaciones económicas individuales, unidades privadas no empresariales y otras organizaciones dentro del territorio de la República Popular China, así como agencias estatales y instituciones que reclutan trabajadores con quienes han establecido relaciones laborales y grupos sociales. Artículo 3 Los departamentos administrativos de trabajo y seguridad social a nivel de condado o superior llevarán a cabo servicios de empleo y gestión del empleo dentro de sus respectivas regiones administrativas de conformidad con la ley. Capítulo 2 Búsqueda de empleo y empleo Artículo 4 Los trabajadores disfrutan de iguales derechos laborales de conformidad con la ley. Los trabajadores no son discriminados por motivos de nacionalidad, raza, género o creencias religiosas. Artículo 5 La fuerza laboral rural que migre a las ciudades en busca de empleo disfrutará de los mismos derechos laborales que la fuerza laboral urbana, y no se impondrán restricciones discriminatorias a la fuerza laboral rural que migre a las ciudades en busca de empleo. Artículo 6 Los trabajadores tienen derecho a elegir su profesión de conformidad con la ley. Los trabajadores mayores de 16 años, en condiciones de trabajar y dispuestos a encontrar empleo pueden solicitar un empleo a través de agencias del servicio público de empleo, agencias de empleo o contactar directamente con el empleador con sus documentos de identidad. Artículo 7 Al solicitar un empleo, los trabajadores deberán proporcionar verazmente información personal básica, conocimientos y habilidades, experiencia laboral, situación laboral, etc. Si está directamente relacionado con el puesto de trabajo, comuníquese con el empleador en una agencia del servicio público de empleo o agencia de empleo y presente los certificados pertinentes. Artículo 8 Los trabajadores deberían establecer una perspectiva correcta sobre la elección de carrera y mejorar su empleabilidad y sus capacidades empresariales.
El Estado alienta a los trabajadores a recibir la educación vocacional o la capacitación vocacional necesaria antes del empleo, y alienta a los graduados de escuelas primarias y secundarias urbanas a participar en la capacitación preparatoria laboral antes del empleo.
El Estado anima a los trabajadores a iniciar sus propios negocios y elegir sus propias carreras. Los departamentos administrativos de trabajo y seguridad en todos los niveles deben trabajar con los departamentos relevantes para simplificar los procedimientos, mejorar la eficiencia y brindar conveniencia y los servicios correspondientes para que los trabajadores inicien sus propios negocios y elijan sus propios trabajos. Capítulo 3 Contratación de personal Artículo 9 Los empleadores tendrán derecho a emplear personal de forma independiente de conformidad con la ley. Al contratar personal, el empleador deberá brindar igualdad de oportunidades de empleo y condiciones de empleo justas a los trabajadores. Artículo 10 Los empleadores podrán contratar personal de forma independiente a través de los siguientes canales:
(1) Encomendar agencias de servicios públicos de empleo o agencias de empleo;
Participar en ferias de empleo;
(3) Confiar a los medios de comunicación como periódicos, radio, televisión y sitios web de Internet para publicar información de contratación;
(4) Utilizar lugares propios, sitios web corporativos, etc. para publicar información de contratación;
(5)Otros canales legales. Artículo 11 Cuando un empleador encomiende a una agencia del servicio público de empleo o agencia intermediaria de empleo la contratación de personal o participe en una feria de empleo, deberá proporcionar un folleto de contratación y presentar su licencia comercial (copia) o documentos aprobados por el departamento correspondiente para su establecimiento. , Certificado de identidad del agente y Comprobante de encomienda por parte del empleador.
El folleto de contratación debe incluir la información básica del empleador, el número de reclutas, el contenido del trabajo, las condiciones de contratación, la remuneración laboral, los beneficios sociales, el seguro social y otros contenidos estipulados por las leyes y reglamentos. Artículo 12 Al contratar personal, el empleador deberá informar verazmente a los trabajadores sobre el contenido del trabajo, las condiciones de trabajo, el lugar de trabajo, los riesgos laborales, las condiciones de seguridad de la producción, la remuneración laboral y otra información que los trabajadores requieran conocer.
El empleador deberá proporcionar retroalimentación oportuna a los trabajadores sobre si contratarlos en función de sus requisitos. Artículo 13 Los empleadores mantendrán la confidencialidad de la información personal de los trabajadores. La divulgación de información y datos personales de los trabajadores y el uso de sus logros técnicos e intelectuales requieren el consentimiento por escrito del trabajador. Artículo 14 Los empleadores no realizarán los siguientes actos:
(1) Proporcionar información de contratación falsa y publicar anuncios de contratación falsos;
(2) Incautar las tarjetas de identidad de residente y las tarjetas de identidad de empleados Otros documentos;
(3) Cobrar bienes de los trabajadores a nombre de garantía u otros nombres;
(4) Reclutar a menores de 16 años y cumplir con las leyes y regulaciones administrativas Otro personal que no puede ser reclutado;
(5) Reclutar personas sin documentos de identidad legales;
(6) Buscar intereses indebidos o participar en otras actividades ilegales en el Nombre del personal de reclutamiento. Artículo 15 Los empleadores no contratarán personal difamando la reputación de otros empleadores o utilizando sobornos comerciales u otros medios inapropiados. Artículo 16 Al contratar personal, un empleador no podrá negarse a contratar mujeres ni elevar los estándares de contratación de mujeres por motivos de género, excepto para trabajos o puestos que no sean adecuados para las mujeres según lo estipulado por el Estado.
Cuando un empleador contrate empleadas, no deberá estipular en el contrato de trabajo ninguna restricción sobre el matrimonio y el nacimiento de los hijos de las empleadas. Artículo 17 Al contratar personal, el empleador deberá brindar la atención adecuada a los trabajadores de minorías étnicas de conformidad con la ley. Artículo 18 Los empleadores no discriminarán a las personas con discapacidad al contratar personal. Artículo 19 Los empleadores no rechazarán el empleo por motivos de portadores de enfermedades infecciosas. Sin embargo, los portadores de patógenos de enfermedades infecciosas identificados médicamente no pueden realizar trabajos que sean propensos a la propagación de enfermedades infecciosas prohibidas por las leyes, los reglamentos administrativos y el departamento de administración de salud del Consejo de Estado antes de que se hayan curado o se sospeche que están infectados.
Los empleadores no impondrán indicadores serológicos del virus de la hepatitis B como estándares de examen físico, excepto en el caso de trabajos prohibidos por las leyes nacionales, los reglamentos administrativos y el departamento de administración de salud del Consejo de Estado.