¿Qué debo hacer si me niego a aceptar el caso procesado por la fiscalía?
¿Qué debo hacer si me niego a aceptar el caso tramitado por la fiscalía?
Si la víctima no está satisfecha con la decisión de la Fiscalía Popular de no procesar, también puede presentar una demanda directamente ante el Tribunal Popular, es decir, cuando la víctima tenga pruebas que demuestren que el no fiscal violó sus derechos. derechos personales y de propiedad, debe ser considerado penalmente responsable. La Fiscalía Popular Si la víctima no está satisfecha con la decisión de no procesar, puede presentar una demanda directamente ante el tribunal popular local sin apelar a la Fiscalía Popular de nivel superior. Cuando la víctima presenta una demanda ante el Tribunal Popular y el Tribunal Popular decide aceptar el caso, la Fiscalía Popular transferirá sin demora los materiales pertinentes del caso al Tribunal Popular para garantizar el buen progreso del trabajo del tribunal.
Disposiciones legales
Según lo establecido en la Ley de Procedimiento Penal de mi país sobre procedimientos de supervisión de juicio:
Artículo 252 Las partes y sus representantes legales, familiares recientes, podrán apelar ante el Tribunal Popular o la Fiscalía Popular contra sentencias o resoluciones que hayan surtido efectos jurídicos, pero no se suspenderá la ejecución de las sentencias o resoluciones.
Artículo 253: Si la denuncia interpuesta por las partes, sus representantes legales o familiares cercanos se encuentra en alguna de las circunstancias siguientes, el tribunal popular la volverá a conocer:
(1) Hay casos nuevos La evidencia demuestra que los hechos determinados en la sentencia o fallo original efectivamente son incorrectos, lo que puede afectar la condena y sentencia;
(2) La prueba en que se basa la condena y sentencia es inexacta e insuficiente y debe excluirse de conformidad con la ley, o probar los hechos del caso. Existe una contradicción entre las pruebas principales;
(3) La sentencia o fallo original es efectivamente incorrecto en la solicitud. de la ley;
(4) Violación de procedimientos legales, que pueden afectar un juicio justo.
(5) Los jueces incurren en corrupción, soborno, malas prácticas para beneficio personal o abuso de derecho; ley.
Artículo 258: El caso vuelto a juzgar por el tribunal popular de conformidad con los procedimientos de supervisión del juicio deberá concluir dentro de los tres meses siguientes a la fecha de la decisión de devolver el juicio. Si es necesario prorrogar el plazo. no excederá de seis meses.
El tribunal popular que acepte la protesta conocerá del caso de protesta conforme a los procedimientos de supervisión del juicio, y el período del juicio se regirá por lo dispuesto en el párrafo anterior si fuere necesario instruir al inferior; tribunal popular para un nuevo juicio, deberá tomar una decisión dentro de un mes a partir de la fecha de aceptación de la protesta. Las disposiciones del párrafo anterior se aplicarán al plazo para conocer los casos en el Tribunal Popular.