Si uno de los cónyuges comete un delito, ¿el cónyuge tiene que firmar una comisión para contratar un abogado, o los demás familiares también tienen derecho? (como padres, hermanos y hermanas)
No es necesario ser confiado por cónyuge según lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siempre que sean parientes cercanos del sospechoso del delito (esposo, esposa, padre, madre, hijo, hija, hermanos), pueden actuar en su nombre. Las partes designan un abogado defensor.
Por supuesto, después de que un pariente cercano designe un abogado defensor, se debe obtener el consentimiento del cliente cuando el abogado se reúna con el cliente. Si la parte rechaza la defensa del abogado defensor, el abogado encargado no podrá actuar como defensor para realizar la defensa.
"Ley de Procedimiento Penal"
Artículo 33: El sospechoso de un delito tiene derecho a confiar un defensor desde el primer día del interrogatorio o de las medidas coercitivas adoptadas por el organismo de investigación durante la investigación; Durante este período, sólo se podrá confiar la defensa a un abogado. El acusado tiene derecho a confiar un defensor en cualquier momento.
Al interrogar a un sospechoso de un delito por primera vez o tomar medidas obligatorias contra un sospechoso de un delito, la agencia de investigación informará al sospechoso de su derecho a confiar un defensor. La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y enjuiciamiento, informará al sospechoso de un delito sobre su derecho a confiar un defensor. El tribunal popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de aceptación del caso, informará al imputado sobre su derecho a confiar un defensor. Si los sospechosos o acusados de un delito solicitan que se les encomiende un defensor mientras se encuentran bajo custodia, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública deberán transmitir su solicitud con prontitud.
Si un sospechoso o imputado se encuentra detenido, su tutor o pariente cercano también podrá confiarle un defensor.
Después de aceptar la encomienda de un sospechoso o acusado de un delito, el defensor deberá notificar de inmediato a la agencia que lleva el caso.
Artículo 106 Los siguientes términos en esta Ley tienen el significado:
(1) "Investigación" se refiere a la investigación realizada por los órganos de seguridad pública y la Fiscalía Popular de conformidad con la ley durante el manejo de casos. Trabajo de investigación especial y medidas obligatorias relacionadas;
(2) "Partes" se refiere a víctimas, fiscales privados, sospechosos de delitos, demandados, demandantes y demandados en litigios civiles adjuntos;
p>
(3) “Representante legal” se refiere a los padres del mandatario, padres adoptivos, tutores y representantes de organismos y grupos encargados de la protección;
(4) “Litigios participación "Persona" se refiere a las partes, representantes legales, agentes ad litem, defensores, testigos, tasadores y traductores;
(5) "Agentes ad litem" se refiere a las víctimas de casos del ministerio público y sus abogados representantes o parientes cercanos, personas a quienes los fiscales privados y sus representantes legales en casos de procesamiento privado hayan confiado para participar en litigios en su nombre, y personas a quienes las partes en litigios civiles incidentales y sus representantes legales hayan confiado para participar en litigios en su nombre;
(6) "Parientes cercanos" "Se refiere a esposo, esposa, padre, madre, hijo, hija, hermanos y hermanas.