Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - Los derechos y obligaciones del comité de propietarios de la comunidad

Los derechos y obligaciones del comité de propietarios de la comunidad

Análisis jurídico: Derechos: Los siguientes asuntos del comité de propietarios comunitarios serán decididos por los propietarios * * *:

(1) Formular y modificar el reglamento de la asamblea de propietarios

(2) Formular y modificar el reglamento de Gestión;

(3) Elegir el comité de propietarios o reemplazar a los miembros del comité de propietarios;

(4) Seleccionar y despedir empresas de servicios inmobiliarios u otros administradores;

(5) El uso de fondos para el mantenimiento de edificios e instalaciones auxiliares;

(6) La recaudación de fondos para el mantenimiento de edificios e instalaciones auxiliares ;

(7) Edificios y Renovación y renovación de sus instalaciones auxiliares;

(8) Cambio de * * * usos o uso * * para realizar actividades comerciales;

(9) Gestión relevante * * * y * * * otros asuntos importantes en materia de derechos.

Los propietarios * * *La decisión se tomará mediante votación de los propietarios que representen más de dos tercios del área exclusiva y más de dos tercios del número total de propietarios. Las decisiones sobre las materias especificadas en los números 6 a 8 del párrafo anterior estarán sujetas al consentimiento de los propietarios y de más de las tres cuartas partes de los electores que participen en la votación de más de las tres cuartas partes del área exclusiva. Las decisiones sobre otras materias previstas en el párrafo anterior estarán sujetas al consentimiento de más de la mitad de los propietarios que participen en la votación, y estarán sujetas al consentimiento de más de la mitad de los propietarios que participen en la votación.

Obligaciones: Los propietarios no violarán las leyes, reglamentos y normas de gestión al convertir la casa en vivienda comercial. Si un propietario cambia una casa a un edificio comercial, además de cumplir con las leyes, reglamentos y normas de gestión, también debe obtener el consentimiento unánime de todos los propietarios interesados. Derechos y Obligaciones

Base legal: El artículo 277 del Código Civil permite a los propietarios constituir una junta de propietarios y elegir un comité de propietarios. Las condiciones y procedimientos específicos para el establecimiento de la asamblea de propietarios y del comité de propietarios se ajustarán a lo dispuesto en las leyes y reglamentos.

Los departamentos pertinentes del gobierno popular local y los comités de residentes deben proporcionar orientación y asistencia para el establecimiento de la conferencia de propietarios y la elección del comité de propietarios.

El artículo 278 del "Código Civil" establece que serán decididos por los propietarios las siguientes materias:

(1) Formular y modificar el reglamento de la asamblea de propietarios;

(2) Formular y modificar el reglamento de gestión;

(3) Elegir el comité de propietarios o sustituir a los miembros del comité de propietarios;

(4 ) Seleccionar, contratar y despedir empresas de servicios inmobiliarios u otro personal administrativo;

(5) Uso de fondos para el mantenimiento de edificios e instalaciones auxiliares;

(6) Recaudación de fondos para el mantenimiento de edificios e instalaciones auxiliares;

(7) Renovación de edificios y sus instalaciones auxiliares;

(8) Cambio de * * * usos o uso * * para participar en actividades comerciales;

(9) Otros asuntos materiales relacionados con * * * y * * * derechos de gestión.

Los propietarios * * *La decisión se tomará mediante votación de los propietarios que representen más de dos tercios del área exclusiva y más de dos tercios del número total de propietarios. Las decisiones sobre las materias especificadas en los números 6 a 8 del párrafo anterior estarán sujetas al consentimiento de los propietarios y de más de las tres cuartas partes de los electores que participen en la votación de más de las tres cuartas partes del área exclusiva. Las decisiones sobre otras materias previstas en el párrafo anterior estarán sujetas al consentimiento de más de la mitad de los propietarios que participen en la votación, y estarán sujetas al consentimiento de más de la mitad de los propietarios que participen en la votación.

Artículo 279 del "Código Civil": Los propietarios no violarán las leyes, reglamentos y normas de gestión al convertir casas en edificios comerciales. Si un propietario cambia una casa a un edificio comercial, además de cumplir con las leyes, reglamentos y normas de gestión, también debe obtener el consentimiento unánime de todos los propietarios interesados.