¿Qué quiere decir con principal y fideicomisario?
Un principal que participa en actividades comerciales bajo autorización también se denomina corredor, y un principal que participa en actividades de litigio civil y arbitraje bajo autorización también se denomina agente.
Los detalles son los siguientes:
1. En términos generales, el subagente del agente debe ser aprobado o ratificado por el principal. Sin el consentimiento o ratificación del mandante, los actos del tercero encomendado se considerarán actos del fiduciario, y el fiduciario será responsable de los actos del tercero. Sin embargo, en caso de emergencia, una subencomienda realizada por el fiduciario en beneficio del principal se considerará una subencomienda con el consentimiento del principal, y el fiduciario solo es responsable de la selección e instrucciones del sub -fiduciario;
2. Durante la encomienda En una relación contractual, a veces hay más de un fiduciario. El mandante confía a dos o más fideicomisarios el manejo conjunto de los asuntos encomendados. Si uno o varios fiduciarios violan sus obligaciones y causan pérdidas al mandante, éste podrá exigir una compensación a todos o a cualquiera de los fideicomisarios, es decir, si son varios fideicomisarios, responderán solidariamente entre sí.
Base Legal
Código Civil de la República Popular China
Artículo 169 Si el agente necesita encomendar a un tercero para que actúe como agente, deberá obtener el consentimiento o ratificación del mandante.
Si el agente encomendado es reconocido o ratificado por el mandante, el mandante puede instruir directamente al tercero encomendado sobre los asuntos de la agencia, y el fideicomisario sólo es responsable de la selección e instrucciones del tercero.
Si la encomienda de un mandatario no es aprobada o ratificada por el mandante, el mandatario será responsable de los actos del tercero encomendado, pero en caso de emergencia, a fin de proteger los intereses del mandante; principal, el agente debe confiar en agentes externos. Artículo 926 Cuando el fiduciario celebra un contrato con un tercero en su propio nombre, el tercero desconoce la relación de agencia entre el fiduciario y el mandante. Por razones del tercero, el fiduciario incumple sus obligaciones. el mandante si el agente tiene obligaciones, el fiduciario deberá revelar el tercero al mandante para que éste pueda ejercer el poder de representación ante el tercero. Sin embargo, esto no se aplica si el tercero sabe que el mandante no celebrará el contrato al celebrar el contrato con el fiduciario.
Si el agente no puede cumplir con sus obligaciones hacia el tercero por razones del principal, el agente deberá revelar el principal al tercero, para que el tercero pueda elegir al agente o al principal como el agente. La contraparte para reclamar derechos, pero el tercero no podrá cambiar la contraparte elegida.
Si el mandante ejerce derechos fiduciarios frente a un tercero, éste podrá hacer valer su defensa frente al fideicomisario frente al mandante. Si el tercero elige al principal como contraparte, el principal puede hacer valer sus defensas contra el fiduciario y las defensas del fiduciario contra el tercero.