Normas de inspección de Año Nuevo para minicamiones
Base Legal
Artículo 16 del "Reglamento de Aplicación de la Ley de Seguridad Vial"
Los vehículos de motor deberán someterse a inspecciones de seguridad dentro de los siguientes plazos a partir de la fecha de registro Inspección técnica:
(1) Los vehículos de pasajeros se inspeccionarán una vez al año dentro de los 5 años de funcionamiento una vez cada 6 meses durante más de 5 años; 2) Camiones y vehículos no operativos grandes y medianos. Los turismos deberán ser inspeccionados una vez al año durante 10 años durante más de 10 años, una vez cada 6 meses.
(3) Pequeños y micro no operativos; -los turismos comerciales se inspeccionarán una vez cada 2 años durante 6 años durante más de 6 años, una vez al año durante 15 años, una vez cada 6 meses;
(4) las motocicletas deben inspeccionarse cada 2; años, una vez cada 4 años, una vez al año;
(4) Las motocicletas deben inspeccionarse una vez cada 2 años, una vez cada 4 años, una vez al año; p>(5) Los tractores y otros vehículos de motor se inspeccionan una vez al año.
Si un vehículo de motor en funcionamiento supera la inspección técnica de seguridad dentro del ciclo de inspección prescrito, ya no será sometido a repetidas inspecciones técnicas de seguridad.