Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - Si la persona sujeta a ejecución muere, ¿continuará la ejecución?

Si la persona sujeta a ejecución muere, ¿continuará la ejecución?

Para proteger los derechos e intereses legítimos de los acreedores, la ley estipula que cuando fallece el ciudadano sujeto a ejecución, es decir, el garante del sujeto a ejecución en este caso, independientemente de que su patrimonio sea heredado, e independientemente de si el heredero conoce o reconoce la deuda del heredero durante su vida, los acreedores pueden solicitar al Tribunal Popular que pague la deuda de la persona sujeta a ejecución con cargo al patrimonio de la persona sujeta a ejecución. Si el sujeto a ejecución fallece, el objeto de la ejecución se limitará a la herencia. Si la herencia fuera insuficiente para cumplir con la responsabilidad de garantía del sujeto de ejecución, también se dará por terminado el procedimiento de ejecución y las deudas del garante ya no serán reembolsadas por sus herederos.

1. ¿Qué debo hacer si la persona sujeta a ejecución fallece repentinamente durante el período de ejecución cuando gane la demanda?

1. Si el sujeto a ejecución fallece repentinamente durante el período de ejecución, el tribunal lo tramitará según sus bienes, pudiendo sus bienes ser subastados.

3. Si los herederos del sujeto a ejecución están de acuerdo, la relación de deuda puede transferirse a los herederos, para que los herederos puedan heredar el patrimonio del sujeto a ejecución.

En segundo lugar, ¿puede el tribunal imponer la ejecución si la persona sujeta a ejecución fallece?

1. El dinero adeudado por el sujeto a ejecución será reembolsado después de su muerte. Si un ciudadano sujeto a ejecución fallece y sus herederos no renuncian a la herencia, el tribunal popular puede decidir cambiar a la persona sujeta a ejecución y permitir que el heredero pague la deuda dentro del alcance de su herencia, pero los hijos del deudor que sean responsables del pago de la deuda en el ámbito de la herencia heredarán su propiedad.

2. Si el heredero renuncia a la herencia, el tribunal popular puede ejecutar directamente la herencia del sujeto a ejecución.

3. El tribunal popular tiene la facultad de embargar, congelar, transferir o cambiar el valor de los bienes de la persona sujeta a ejecución según diferentes circunstancias. Los bienes investigados, sellados, congelados, transferidos o modificados de valor por el tribunal popular no excederán el alcance de las obligaciones que deberá cumplir el sujeto de ejecución. Cuando el tribunal popular decide sellar, congelar, transferir o cambiar el valor de una propiedad, dictará sentencia y emitirá un aviso de asistencia en la ejecución, y las unidades pertinentes deberán tramitarla.

3. ¿Qué es el ciclo de ejecución?

1. En los casos en que la persona sujeta a ejecución tenga bienes disponibles para la ejecución, la ejecución generalmente deberá completarse dentro de los 6 meses siguientes a la fecha de presentación del caso, los casos de ejecución no litigiosos generalmente concluirán dentro de los 6 meses siguientes a la fecha de presentación del caso. 3 meses desde la fecha de presentación del caso. No obstante, se deducirá el período de suspensión.

2. Si existen circunstancias especiales que requieran ampliación del plazo de ejecución, deberá presentarse al presidente o vicepresidente del hospital para su aprobación. La solicitud de prórroga del plazo de ejecución deberá presentarse dentro de los 5 días anteriores al vencimiento del plazo.

3. Si la ejecución no se lleva a cabo dentro de los seis meses, la persona que solicita la ejecución puede solicitar la ejecución al tribunal popular del nivel inmediatamente superior. Después de la revisión, el tribunal popular del siguiente nivel superior puede ordenar al tribunal popular original que implemente dentro de un cierto período de tiempo, o puede decidir implementarlo por sí solo o instruir a otros tribunales populares para que lo implementen.

Base jurídica:

Ley de Enjuiciamiento Civil

Artículo 232

Si el sujeto a ejecución fallece, la deuda se reembolsará con su patrimonio. Si la persona jurídica u otra organización del sujeto de ejecución extingue, sus derechos y obligaciones serán asumidos por sus sucesores.

El Tribunal Supremo Popular aplica la interpretación.

Artículo 475

Si el ciudadano sujeto a ejecución fallece y los herederos de su patrimonio no renuncian a la herencia, el tribunal popular puede decidir cambiar de persona. sujeto a ejecución, y los herederos pagarán la deuda dentro del ámbito de la herencia. Si el heredero abandona la herencia, el tribunal popular podrá ejecutar directamente el patrimonio de la persona sujeta a ejecución.